Saga Bacardí
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ESCRITURA DE CARTA DE PAGO POR LA CONSTRUCCION DE UNA CASA POR CARRERAS Y BALTASAR DE BACARDÍ DE JANER
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En la ciudad de Barcelona a once del mes de Noviembre de mil ochocientos setenta y dos.Don Manuel Carreras y Amigó, albañil, casado, de treinta y nueve años de edad, vecino del pueblo de Sans, acreditandolo por la cédula de empadronamiento, la libró al Alcalde y apareciendo tener la aptitud legal necesaria para, sin que me conste lo contrario, ante mi D. José Sayrols y Monter notario del Colegio territorial de la Audiencia de Barcelona, residente en esta capital, otorga carta de pago al Señor D. Baltasar de Bacardí y Janer, hacendado, viudo, de cincuenta y siete años de edad, vecino de esta ciudad, presente, de la cantidad de mil trescientas treinta pesetas por el total importe de los materiales y jornales de albañilería, carpintería, cerrajería y pintura invertidos y empleados a cargo del otorgante en las obras de construccion de una casa compuesta de bajos un piso alto, sin número, y abertura de un paso edificado por cuenta y orden de dicho Señor de Bacardí, parte en el año mil ochocientos setenta y siete, y los restantes en el años actual en una pieza de tierra destinada a huerta, de cabida media mojada, equivalente a veinte y cuatro areas cuarenta y ocho centiareas, situada en el parage llamado “La Font” en el termino municipal de dicho pueblo de Santa Maria de Sans, lindante al este con el Canal de la Serenisima Infanta Da. Luisa Carlota de Borbón; al sud con tierra del mismo Señor de Bacardí; al oeste con las de D. Francisco de Asis Cuyás; y al norte con el camino que conduce a la Ermita de la Virgen del Port: Y libre de todo gravamen, pertenece al referido Señor D. Baltasar de Bacardí como heredero instituido por su Señor padre D. Ramon de Bacardí y Cuyás en su testamento que otorgó en diez y siete de Julio mil ochocientos sesenta y cinco ante D. José Torrent y Juliá notario que fue de esta ciudad; y a D. Ramon de Bacardí perteneció por venta le hizo D. José Antonio Ros en calidad de padre y legitimo administrador de la persona y bienes del mismo D. Luis Maria de Ros y de Vedruna, mediante autorización judicial en escritura que autorizó el notario D. Francisco Plana y Castelló en diez Abril mil ochocientos sesenta, inscritos ambos titulos en el Registrote la Propiedad de esta capital, tomo trescientos cuarenta y siete, libro diez y siete de Sans, finca número tres, folio diez y seis vuelto, y diez y siete, inscripciones tercero y segunda. El modo del pago de la espresada suma de mil trescientos noventa duros es que el otorgante confiesa haberlos recibido durante las explicadas obrasd e mano del repetido Señor D. Baltasar de Bacardí en varias partidas mediante recibos que le tiene librados, y que con la presente cancela y anula para que no aparezcan duplicados resguardos, habiendole advertido yo el notario, que una vez confesado el cobrod e dicha cantidad, queda la finca libre de responsabilidad, aunque se justificase no ser cierto la entregad e todo o en parte, y enterado notifico la confesión del cobro, y promete no pedir ni reclamar cosa alguna mas en razon de las explicadas obras sin que por estas se adeude cosa alguna; y advertido tambien de la utilidad de inscribir esta carta de pago en dicho Registro de la Propiedad, asi lo otorga y lo firma con los testigos D. Rosendo Güell y Mañé pasante notaria, y D. Daniel Montarró y Valldosera cursante en la misma carrera, habiendo yo el notario a todos integra esta escritura, advertidos de su derecho a leerla por si. De todo lo referido y del conocimiento del otorgante, su profesión y vecindad doy fe.
Manuel Carreras, José Sayrols y Monter.