Saga Bacardí
08070
ESCRITURA DE COMPRA EN PÚBLICA SUBASTA DE CASA EN PASEO DE GRACIA DE LOS ALOS, POR BALTASAR DE BACARDI Y RIBAS.


En la ciudad de Barcelona a once de Septiembre de mil novecientos tres.
Ante mi Don Joaquín Dalmau y Fiter, Doctor en derecho civil y canónico, notario del Ilustre Colegio de la provincia de Barcelona con residencia en la capital, comparecen los Señores Reverendo Don Luís María de Valls y Riera, presvítero del oratorio de San Felipe Neri, soltero, vecino de esta ciudad; Don Manuel Valls y Vaquer, viudo, abogado, vecino de la presente ciudad, todos mayores de veinte y cinco años de edad, quienes han exhibido sus respectivas cédulas personales de las clases undécima, séptima y sexta, números oco mil quinientos diez y seis, tres mil noventa y siete y quinientos veinte y tres, libradas en la localidad de la que son vecinos, con fechas treinta de Mayo, cuatro de Junio y veinte y seis del mismo mes del corriente año.
Dichos Señores comparecientes declaran que obran como mandatarios de Don Luís Enrique, Doña Concepción, Doña Isabel María y Don Juan Bautista de Alós y Mateu, y del Reverendo Señor Don Manuel María de Alós y de Don Carlos, de Don José de Alós y Mateu menores de edad, no emancipados, y de los mencionados Doña Isabel María y Don Juan Bautista de Alós y Mateu, menores de edad, pero emancipados, en virtud de las facultades que por la autorización del Consejo de Familia de dichos menores, les fueron conferidos en la escritura de poderes autorizada en veinte y cuatro de Julio del corriente año por el notario de esta ciudad Don Sebastián Sánchez y Ramírez, entre las cuales se comprende la de vender en pública subasta la totalidad de la casa número treinta y cuatro moderno y ochenta antiguo del Paseo de Gracia de esta ciudad.
Y teniendo los mismos Señores comparecientes, a mi juicio, la capacidad legal necesaria al efecto, me requieren para que haga constar el resultado de la subasta que en conformidad al anuncio publicado en el Boletín Oficial de esta provincia y en los diarios de de avisos de esta localidad el “Diario de Barcelona” y “La Vanguardia” y el pliego de condiciones formulario al efecto, ha de tener lugar en el despacho del suscripto notario a las diez y seis y treinta minutos del día de hoy.
En su virtud, hago contar:
Primero: Que siendo la indicada hora de las diez y seis y treinta minutos de esta fecha, se ha dado principio a la subasta de la finca a que se ha hecho referencia, o sea, de la casa número treinta y cuatro moderno y ochenta antiguo de la calle del paseo de gracia de esta ciudad, llamando los Señores requirentes a los licitadores, o postores que se presentaron.
Segundo. Que habiendo transcurrido con exceso la media hora fijada en la condición cuarta del indicado pliego así, que se haga presentado portar alguno, se ha abierto la segunda subasta por pliego cerrado que establece la condición quinta del repetido pliego.
Tercero: Que inmediatamente ha presentado un pliego de proporción el Señor Don Baltasar de Bacardí y Ribas, quien ha constituido sin poder del suscripto notario el depósito de diez mil pesetas en billetes del Banco de España, y fijado en la condición tercera del varias veces mencionado pliego.
Cuarto: Que habiendo transcurrido con gran esceso la segunda media hora fijada en la condición cuarta, ni que se haya presentado un pliego alguno de proporción, los Señores requirentes han procedido a la apertura del presentado por el Señor de Bacardí, cual pliego, literalmente manuscrito en como sigue.= “El abajo firmado Baltasar de Bacardí y Ribas, ofrezco comprar la casa número treinta y cuatro moderno y ochenta antiguo de la calle Paseo de gracia de esta ciudad, por el precio de cuatrocientas treinta mil pesetas, entregando en el acto del otorgamiento de la escritura pública de compra, tan solamente la cantidad de doscientas cincuenta mil pesetas y satisfaciendo las restantes ciento ochenta mil pesetas en cuatro partidas iguales de cuarenta y cinco mil pesetas cada una, la primera de esta en el termino de un año; la segunda dentro el de dos años; la tercera dentro el de tres años; y la cuarta dentro del de cuatro años, todo a contar desde esta fecha, con abono de intereses (pagaderos por anualidades anticipadas) de las cantidades pendientes de pago, a razón del cuatro por ciento anual, garantizando dicho pago de capital e intereses, y cinco mil pesetas para costas, con hipotecas de la indicada finca, recordando uno el plazo de treinta días naturales, a contar desde esta fecha, para el otorgamiento y firmas de la indicada escritura de compraventa, y remitiéndome para todo lo demás a las condiciones fijadas en le pliego formulado para la subasta de la indicada casa.= Barcelona uno de Septiembre de mil novecientos tres..= Baltasar de Bacardí.”
Quinto: Que los mismos Señores requirentes, teniendo en cuenta el indicado hecho de no haberse presentado otro licitador alguno mas que Don Baltasar de Bacardí, y que, si bien la proposición de este contiene un aplazamiento de pago de parte del precio de la compraventa y la reserva de una breve prorroga para el otorgamiento y firma de la correspondiente escritura pública, no obstante, la condición quinta del varias veces mencionado pliego, faculta expresamente a los mismos requirentes para que el remate se adjudique al tratador que a juicio de aquellos resulte haber presentado la propia noción mas ventajosa, y siendo, a precio de los propios requirentes mas ventajoso para los interesados, que se adjudique el remate al único portador Señor de Bacardí que el declara otra vez mi efecto la subasta, acuerdan los mismos Señores requirentes adjudicar, como adjudican, la indicada finca al repetido Señor Don Baltasar de Bacardí y Ribas, por el precio y mediante las condiciones fijadas en el trascrito pliego por el mismo presentado.
Está presente a este acto el mencionado Señor Don Baltasar de Bacardí y Ribas, soltero, propietario, de edad veinte y cuatro años y vecino de la presente ciudad, quien ha exhibido su cédula personal de primera clase, librada en esta misma ciudad en dos de Abril del corriente año, con el número dos;: y teniendo, a mi juicio, la capacidad legal necesaria al efecto (por haber obtenido el beneficio de la mayor edad, según asegura y se obliga a justificado el otorgante la aludida escritura de compraventa) me requiere para que haga constar en la presente acta que acepta la expresada adjudicación de dicha casa, mediante las condiciones a que se ha hecho referencia.
Finalmente los Señores requirentes han dado por terminado el acto de dicha subasta, siendo la hora de las diez y ocho y treinta minutos.
Y para que conste, lo consigno en mi protocolo de instrumentos públicos por medio de la presente acta, siendo testigos Don Julio Sánchez y Fornes y Don Francisco Espinás y Manasanch, ambos vecinos de esta ciudad, a quienes y a los Señores requirentes he leído íntegramente, por haberlo así elegido, después de advertidos del derecho que tienen de leerlo por si mismos de lo que, del conocimiento de dichos Señores requirentes, de que firman estos y los mencionados testigos y de todo lo demás consignado en este instrumento público (el cual se halla extendido en dos pliegos de papel del timbre del Estado de la clase undécima, números cuatrocientos cuarenta y dos mil seiscientos veinte y ocho y cuatrocientos cuarenta y dos mil seiscientos veinte y nueve) yo el suscrito notario doy fe.
Luis María del Valle Pbro. Manasanch, José Parellada, Baltasar de Bacardí, Julio Sánchez, Francisco Espinas, Joaquin Dalmu y Fiter.