Saga Bacardí
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ESCRITURA DE DECLARACION DE VERDAD HACIA PUIG Y TORRENTS, POR FELIX GASSÓ Y BATET.


En la villa de Villanueva y Geltrú, Obispado de Barcelona, a los catorze dias del mes de Junio año de la Natividad del Señor de mil setecientos setenta y dos. Ante mi Carlos Cassani por la autoridad Apostolica Real notario publico de la misma abaxo escrito, y en presencia tambien de dichos testigos suscritos, pareció Juan Puig, y Raymundo Torrents, ambos cuberos, vecinos desta dicha villa, de edad según dixeron ser, esto es el primero de cuarenta y siete años, y el segundo y ultimo de treynta años, ambos poco mas o menos. Quienes mediante el juramento, que voluntariamente prestaron a Dios Nuestro Señor, y a una señal de la Cruz en toda forma de derecho en mano y poder de mi dixo y abajo escrito escrivano. A instancia y pedimiento de Felix Gassó tendero vezino desta dicha villa, como a comisionado de Antonio Gispert comerciante vezino de la ciudad de Barcelona, dixeron, y declararon. Que es verdad, y sabe muy bien; que sin embargo que la factura sobre arros de dietro su data en la ciudad de Ámsterdam, capital de la Republica de Olanda, a diez de Julio de el año proximo passado de mil setecientos setenta y uno, que se la acabo de enseñar por el dicho Felix Gassó, consta ser aquella en numero de ducientos y veynte faxos de dicho genero marcados de marca B. Comprehendientes de la partida de ochenta y un arcos cada faxo, que juntos tienen la suma de diez y siete mil ochocientos, y veynte caxas. La verdad del hecho es, que entre dichos faxos se han hallado ciento y diez de aquellos, que solo contienen en si ochenta exas cada faxo, y otros ciento y diez fexos, que no contienen mas de sesenta excos cadahuno, que juntas ascienden, a el numero de quince mil y cuatrocientos axos. Aunque resulta falso en numero de dos mil cuatrocientos y veynte axos de los que comprehende la dicha factura. Siendo assi que con el modo, y forma con que se halla dichos faxos atados, se conoce, y dexa ver claramente que los ha llevado. Lo que dixeron saber ellos dixos declarantes por haverlo visto y repasado en la propria conformidad, que lo tienen declarado, y contado assi mismo de uno, en uno los dixos arcos. Y esta dixeron ser la verdad por el juramento prestado. Y a dichos declarantes (quienes yo el dicho y abaxo escrito escrivano doy fee conosco) lo firmaron de su propria mano. Siendo presentes por testigos el Rndo. Andrez Bonet Pbro. y Mariano Cassani escribiente ambos en esta dicha villa residentes, para lo susodicho llamados.
Joan Puig declarante, Ramon Torrents declarante. Carlos Cassani.