Saga Bacardí
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ESCRITURA DE REQUERIMIENTO Y RESPUESTA ENTRE JOSÉ GASSÓ, Y FELIX GASSÓ Y BATET.


En la villa de Villanueva y Geltrú, Obispado de Barcelona, a los siete dias del mes de Octubre año de la Natividad del Señor de mil setecientos y setenta y seys. Ante mi Carlos Cassani por las autoridades apostolicas, y real notario publico de dicha villa abaxo escrito, y en presencia tambien de los testigos sussoescritos pareció Joseph Llopis, portero de la curia real del Magnifico Bayle desta dicha villa. Quien mediante el juramento que prestó en el ingreso de su officio, dixo, y relación hizo que oy a las quatro horas de la tarde havia presentado intimado, y notificado a Felix Gassó comerciante, vezino desta villa una requisición en escritos, que su tenor es como se sigue.=
Bien sabe e ignorar no puede Vm. Señor Felix Gassó comerciante, vezino de la presente villa de Villanueva y Geltrú, y en caso de ingnorarlo se le haze saber con el presente. Que quando Vm. passó a fabricar encima de la pared mediera, que se halla entre las casas de Vm. y la del requirente, sitas en esta dicha villa y en la calle de Capuchinos, se hallava la dicha pared sin la menor novedad que indicasse ruhina. Y hallandose en esta razon con ella, sin duda dimanada de la poca, o ninguna precaución de asegurarse de los simientos que devian sostener la nueva obra.
Por ende Joseph Gassó tendero de la presente villa de Villanueva, requiere, e interpella a Vm. dicho Señor Felix Gassó por una, dos, tres y mas vezes, y tantas quantas de derecho menester sean, paraque enconinete assegure dicha pared, mediera que amenaza rahina, que de lo contrario le protesta de todos daños, menoscabos, y costas, y de todo lo demas quienes derecho le sea licito, y permitido protestan, y requirir, requiriendo al portero, que de la presentacion de esta reclamacion haga en autos de Carlos Cassani de esta villa, requireris vos notario publico. Se cuya requisición dixo el dicho portero haver entregado copia al mismo Felix Gassó, que lo halló personalmente en su casa que las tiene sita en esta dicha villa, y en la calle de Capuchinos. De todas las quales cosas requirió el dicho portero llevasse instrumento publico como lo executó en esta repetida villa en los dia, mes y año arriba dichos. Y el mismo portero (a quien yo el dicho y abaxo escrito escrivano doy fee conosco) lo firmó de su propria mano. Siendo presente por testigos ntonio Roig cubero, y Francisco Sala carpintero, ambos vecinos desta dicha villa para lo susodicho llamados.
Joseph Llopis portero, Ante mi Carlos Cassani notario publico de Villanueva.

En dicha villa de Villanueva y Geltrú, a los ocho dias del los arriba citados mes y año. Ante mi el dicho e infro Carlos Cassani notario, y en presencia tambien de los testigos abaxo escritos. Pareció el dicho Joseph Llopis portero. Quien dixo que el dicho Felix Gassó queriendo responder a la antecedente requisición, a hora que serian las seys de la tarde menos cuarto le havia entregado un papel en escritos que su tenor es como se sigue.=
Felix Gassó fiel interventor del Real Alfori de salinas de la villa de Villanueva y Geltrú antes nombrada de Cubillas, corregimiento de Tarragona. Respondiendo a un requerimiento que a instancia de Joseph Gassó mercader de paños de la propria villa se le ha presentado, qual requerimiento empieza bien sabe…y acaba requiere vos notario. Dize: Que quando el passó a fabricar sobre la pared que cita el requuirente, pensó con fundamento, que el dicho Joseph Gassó, quien fabricó muy de antes sobre la misma pared, havia echo reconocer, como era mas que regular por practicos albañiles el fundamento, y la pared vieja, y que hallado, bueno, y alto uno, y otro, passó a fabricar. Mas fue bien al contrario, pues amas de no haver practicado tan precisa diligencia. Se ha sabido, que haviendo en la citadas pared una ximenea a la parte de el dicho Joseph Gassó, y otros varios, no cuydó como devia de llenar aquellos huecos, antes bien mandó hazer alguna excavación para sacar tierra muy permisivas a la referida pared, con cuyos motivos imputasse culpa suya el requiriente la novedad de que se quexa, pues que esta se ha experimentado en la parte de pared, que mira a su propria casa, y no obstante de haversele dado repetidos avisos paraque cuydasse de su reparo, no hizo el menor caso, en tanto que la justicia vista su incuria en tan grave e inmienente peligro tuvo que obrar de officio, poniendo albañiles para precaver el daño que amenazava, especialmente atendiendo a que el responsable lo practicó por su parte sin perder instante.
Por lo que dicho Felix Gassó requiere e interpella a dicho Señor Joseph Gassó paraque se abstenga de tan impertinentes requerimientos y dando esta por respuesta, le reprotesta de todos daños, y costas, que al dicho respondiente seguiriela puedan de su omisiones en no reparar lo necesario sobre el asunto. Requiriendo al notario Cassani no de copia de dicho requerimiento sin continuación de esta respuesta. De todo lo qual requirió el dicho portero llevasse instrumento publico como lo executo en esta dicha villa en los dia, mes y año próximamente citados. Y el mismo portero conocido por mi el dicho e infro escrivano, lo firmó de su propria mano. Seindo presentes por testigos Gerardo Cassani escrivano en esta dicha villa residente, y el dicho Francisco Sala para lo susodicho llamados.
Joseph Llopis portero, Ante mi Carlos Cassani notario publico de Villanueva.