Saga Bacardí
08186
ESCRITURA DE CARTA DE PAGO HACIA BALLESTER, POR MILÁ. MASFORT, Y FELIX GASSÓ Y BATET.


Sepasse como nosotros Felix Gassó tendero, vezino de la presente villa de Villanueva y Geltrú, Obispado de Barcelona, Pablo Milá marinero, vezino de la misma, y Maria Masfort y Soler viuda de Pablo Masfort medidor del Real Alfoli de la sal de la propria villa. De nustro libre albedrío otorgamos carta de pago a Isidro Ballester cubero, vezino de la mencionada villa, presente, de cuarenta y quatro libras moneda barcelonesa, a saber yo el dicho Felix Gassó de quatro libras, yo el dicho Pablo de diez libras, y yo la dicha Maria de las restantes treinta libras. Que son, y ceden a nosotros respective a saber, a mi el dicho Gassó, a cumplimiento de siete libras tres sueldos, y ocho dineros que Rosa Ballester, y Mila viuda de Joseph Ballester marinero vezino desta dicha villa, oy difunta me estava deviendo por el importe de varias ropas que aquella tomó de mi botica. A mi el dicho Pablo ceder las dichas diez libras, por semejantes que la dicha Rosa mi difunta hermana me mandó con su ultimo, y valido testamento que otorgó por ante el escrivano abaxo escrito, a los diez y siete dias del mes de Abril próximamente passado. Y las restantes treinta libras ceden a mi la dicha Maria por igual manda que la dicha Rosa Ballester y Milá mi tia difunta me hizo con el mencionado su testamento. El modo de la paga de las cuarenta y quatro libras, es que de aquellas cadahuno de nosotros confesamos haver recivido nuestra respective parte en dinero de contado, en presencia del escrivano y testigos abaxo escritos. En cuyo testimonio otorgamos la presente carta de pago en esta dicha villa de Villanueva, y Geltrú a los dos dias del mes de Mayo año de la Natividad del Señor de mil setecientos setenta y siete. Y de los dichos otorgantes ( a quienes yo el escrivano abaxo escrito doy fee conosco) el que supo de escribir lo firmó de su propria mano. Y por los que dixeron no saber firmó de su ruego uno de los testigos que lo fueron en quanto al otorgamiento de los dichos Pablo Milá y Maria Montfort, Gerardo Cassani escrivano en esta dicha villa residente, y Gerardo Lluhis escrivano vezino de la Parroquia de Santa Maria de la Geltrú del dicho Obispado para lo susodicho llamados.
De voluntad de los dichos Pablo MIlá, y Maria Montfort y Soler, firmo yo Gerardo Cassani testigo arriba dicho.
Ante mi Carlos Cassani notario publico de Villanueva.
Y en quanto al otorgante del dicho Felix Gassó que lo firmó en dicha villa a los doze dias del mismo mes de Mayo y año referido, fueron presentes por testigos el Rndo. Andrez Bonet Pbro. en esta dicha villa residentes, y el dicho Gerardo Cassani para lo susodicho llamado.
Felix Gassó, Ante mi Carlos Cassani notario publico de Villanueva.