Saga Bacardí
08189
ESCRITURA DE PAGO POR LOS REGIDORES DE VILANOVA, HACIA EL ALFAGÍ DE SALINAS, FELIX GASSÓ Y BATET.


En la villa de Vilanova y Geltrú, Obispado de Barcelona a los dos días del mes de Noviembre, año del Nacimiento del Señor de mil setecientos setenta y siete. Presente y para las cosas infrascritas requirido yo Juan Monserrat y Serra por las autoridades Apostholicas y Real notario publico de dicha villa, y presente también por testigos Joseph Pagés y Joseph Martí, ambos labradores, vecinos de la epressada villa, para las abaxo escritas cosas, llamados y rogados, constituido personalmente yo el dicho e infro notario, y en presencia de los Magnificos Señores Juan Oliver, Carlos Fuster, Juan Miró, y Antonio Artús, el corriente año Regidores de la Universidad de la indicada villa de Villanueva y Geltru, personalmente hallados en la sala de la casa de la misma universidad, a instancia, y requirimiento de D. Felix Gassó Fiel interventor del Real Alfalí de Salinas del partido de dicha villa he dado y entregado a dichos Magnificos Señores Regidores, y para ellos el collector del Tributo personal de dicha Universidad Antonio Miró, que también estaba allí presente. Una libra diez sueldos, y tres dineros moneda barcelonesa por la segunda, tercia del tributo personal del corriente año mil setecientos setenta y siete, a razón de quatro libras y diez sueldos al año, a saber una libra y diez sueldos por dicha segunda tercia, y los restantes tres dineros por el salario correspondiente, a dicho colector del repetido tributo personal, a razón de dos dineros por libra, que para dicho fin me ha entregado dicho D. Felix Gassó, con la inteligencia en que paga, y se haze dicha entrega baxo la protesta de remperarlo en caso de que por el superior se declare que no debe pagar el tributo personal, enseguida del recurso que a dicho fin tiene presentado el referido D. Felix Gassó. Que fue hecho en dicha villa, dia, mes y año arriba dichos, presente yo dicho e infro notario, y presentes también por testigos los arriba nombrados, a las predichas cosas personalmente hallados, de que doy fe.
Ante mi Juan Monserrat y Serra notario.