Saga Bacardí
08190
ESCRITURA DE REQUERIMIENTO DE CANTIDAD POR SU MAGESTAD, CONTRA JOSÉ GASSÓ.


En la ciudad de Barcelona entre las ocho y las nueve horas de la mañana del dia diez del mes de Octubre del año del Nacimiento del Señor de mil setecientos setenta y ocho, constitihido personalmente yo el escrivano con los testigos bajo nombraderos, en las casas de la propia habitación de D. Raymundo Antonio Piria Thesorero por Su Magestad de la Real Junta de l Comercio de este Principado sitas en esta ciudad y calle nombrada La Carassa dels Mirallers, llamado y requirido por Antonio Robert con comisión y orden de Joseph Gassó mercaderes de paños de la villa de Vilanova y Geltrú del Obispado de Barcelona, me requirió diese publico testimonio, como lo doy de que depositava, y depositó en poder del citado D. Raymundo Antonio Piria la cantidad de ducientas veynte libras diez y siete sueldos, onze dineros moneda catalana que puso sobre una mesa para que dicho thesorero la contase, y recibiese, otorgandole la correspondiente carta de pago, a que se negó dicho D. Raymundo Antonio Piria, y solamente ofreció un simple recibo, y haviendolo consentido dicho Antonio Robert, le requirió para que continuase en el mismo. Recibo las expresiones, salvedades y protestas que bajo se diran, y que respondió el nombrado D. Raymundo Antonio que no queria admitir protesta ni salvedad alguna, por tener orden de la expresada Junta de ni admitirlas, ni haviendo quedado depositada la referida cantidad en poder del citado D. Raymundo Antonio Piria, que la recibió dicho Antonio Robert, dixo y expresó que haria el referido deposit
o para obeceder la Real Orden de diez y ocho Febrero del corriente año que dice tener la misma Junta sin haverla manifestado. Y asi mismo para evitar mayores costas publicidades y perjuhicios que le causa en sus intereses y honor la execución que se le ha empezado, y redimir los generos que se le han apremiado. Protestando que quiere tener illesos todos los derechos que le competen en virtud del recurso de apelacion que tiene interpuesta a Su Magestad, y qualesquiera otros que en via de derecho le pertenescan. Y atendido que las cartas circulares mandan solar el que se haga el deposito protesta de qualesquier perjuhicio que se le siga de soltarse la referida cantidad a persona alguna, a cuia solta formalmente se opone hasta que Su Magestad resuelva sobre el asumpto, pues con esta reserva y protesta hace el deposito y demas actos que en razon de este se hizieren, y con la de que intenta recobrar la cantidad depositada de qualesquiera persona que en derecho haia lugar. Y protesta a dicho D. Raymundo Antonio Piria y demas que convenga de todos daños, perjuhicios, y costas que de lo contrario puedan seguirsele. Y de todo lo demas que le sea licito protestar de todas las quales cosas en nencionado Antonio Robert me requirió formase la presente escritura, y a quine fuese menester entregase copia authentica. Que fue fecho en la referida ciudad de Barcelona en la hora, dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente (a quien yo el infro escribano doy fe conocer) lo firmó. Siendo presentes por testigos Pedro Serra mercader de paños, lienzos y sedas, vezino de esta ciudad, y Joseph Thomas escriviente, en la misma habitante.
Antonio Robert, Ante mi Ramon Matheu y Smandia escrivano.