Saga Bacardí
08267
PROTESTO DE CAMBIABLE DE VILARDELL, CONTRA DURÁN. LLANÇÁ Y GASSÓ.


En la ciudad de Barcelona a los dies y nueve dias del mes de Junio del año mil setecientos noventa y tres. Benito Vilardell mancebo armero, en esta ciudad residente, con comisión y orden de D. Joseph Antonio Parés vecino del comercio de esta ciudad, constituido personalmente en las casas de la propria habitación de los Señores Durán, Llançá y Gassó tambien vecinos y del comercio de esta ciudad que s ehallan citas en la calle dels Escudellers, a fin de cobrar de estos el importe de la letra bajo incerta les presentó la tercera letra de cambio que es del tenor siguiente.=
Cádiz, Mayo veinte y quatro de mil setecientos noventa y tres. Por pesos dos mil de ciento veinte y ocho cuartos en oro u plata.= A veinte dias fecha se servirán Vms. Mandar pagar por esta tercera de cambio (no haviendolo hecho por la primera ni por la segunda) a la orden de los Señores Llauger Rovira & Cia. dos mil pesos de a ciento veinte y ocho cuartos cada uno en oro o plata, y no en billetes, valor recibido de dichos Señores que anotaran Vms. Según aviso de Joseph y Hermanos Rovira.= A los Señores Durán, Llançá y Gassó, Barcelona.= Paguese a la orden de D. Joseph Antonio Parés, valor en cuenta. Cádiz ocho Junio de mil setecientos noventa y tres.= Llauger Rovira & Cia.
Y vista y lehida dicha letra por los nombrados Señores Durán, Llançá y Gassó dixeron: Que no querian pagarla por los motivos que tienen escritos a los tiradores de ella. Y el nombrado Vilardell protestó contra dichos Señores tiradores de la indicada letra, endozantes y demas que tenga derechos, daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios y demas que por falta de pago de dicha letra se seguiran, y pueden seguir al expresado D. Joseph Antonio Parés. Y requirió a mi el infro escribano, que de lo arriba dicho formase la presente publica escritura, y que dé ella a él y demas que convenga entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notadis. Y dicho requirente (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Bonaventura Bonet, y Salvador Rossell ambos vecinos y del comercio de esta ciudad.
Benito Vilardell, ante Joseph Ubach.