Saga Bacardí
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PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA OLIVARI, POR DURÁN, LLANÇÁ Y GASSÓ.


En la ciudad de Barcelona a los veinte dias del mes de Diciembre del año mil setecientos noventa y quatro. Felipe Pujol otro de los dependientes de los Señores Durán, Llançá y Gassó vecinos y del comercio de la presente ciudad, con comisión y orden de dichos Señores, constituido personalmente en las casas de la propria habitación de Carlos Atonio Olivari tallista en esta ciudad residente, que se hallan sitas en la calle del Conde del Asalto, a fin que dicho Olivari acetase la letra baxo inserta le presento la primera letra de cambio, que es del tenor siguiente.=
Carrara a di sei Agosto mille settecento novanta quattro.= Per lire ottocento catalane.= P cinquecento settanta uno, reali tre, M quatordici Otto reali P.V.= A mesi due data paghaerette per questa mia prima di cambio all’ordine S.P. del Signor Girolamo Chelli, lire ottocento cattalane, valuta ricevuta dal medemo, e ponete come vi aviso. Addio.= Domenico Andrea Palliccia.= Al Signor carlo Antonio Olivari, Barcellona.= E per me all’ordine S.P. del Signor Carlo Marassi, valuta intesami.= Girolamo Chelli.= E per me al Signor GIo Battista Ricci, o suo ordine S.P. valuta intesa.= Carlo Marassi.= E per me alli Signoro Durán, Llançá y Gassó, contimi.= Genova tre Dicembre mille settecento novanta quattro.= Gio Batistta Ricci.=
Y vista y leida dicha letra por el nombrado Olivari, dixo: Que no la paga respecto de no haver recibido los generos, de que proviene la referida letra. Y el expresado Pujol protes´to contra el mencionado Olivari, tirador de la indicada letra, endozantes, y demas que tenga derecho de todo daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios, y demas que por falta de acetación de dicha letra se seguiran, y pueden seguir a los referidos Señores, Durán, Llançá y Gassó sus principales. Y paraque conste a pedimiento del proprio Pujol yo el infro escrivano lo pongo por diligencia, de que doi fe.
Ante Joseph Ubach.