Saga Bacardí
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ESCRITURA DE FIADURIA HACIA PUJOL, POR ANTONIO BUENAVENTURA GASSÓ Y BORRULL.


En la ciudad de Barcelona a veinte y nueve Abril de mil ocho cientos y uno. El Señor D. Antonio Buenaventuda Gasó comerciante matriculado de esta ciutat con atención a que con otra escritura recibida poco antes de esta en poder del presente escribano los comerciantes D. Vicente Mateo y Da. Gertudis Marco, Pujol, Senillosa y Gupert se han obligado a poner en su poder dos mil y quinientas libras y estas al pacto revercional de dicha Señora siempre que se verifique su pago con las demás condiciones que en ella se expresan, y con la esperanza de que el Señor otorgante se constituhiria fiador de dicha dos mil y quinientas libras para quando venga el caso de su restitución o de omponerse en alguna finca que las acegure, con atención a todo lo referido, dixo por ante mi el escribano que de su libre alvedrio, y espontanea voluntad se constituye fiador de dicha cantidad y se obliga, y promete en su consequeicia a D. Fidel Pujol Senillosa y Guper y a los suyos, que mientras se mantengan en su poder se la restituirá imediatamente de veridicado el vaso de la remisión, y que no permitirá que se imponga en finca, o en merito que no sea a satisfacción de dicho Senillosa, o de los suyos. Todo lo que promete cumplir sin dilación no escusa alguna, con el acostumbrado salario de procurador con rstitucion, y enmienda de daños perjuicios, y costas, por lo que obliga todos sus bienes, y derecnos, muebles, y rahices, havidos, y por haver, con renunciación de las leyes a su avor. Y por pacto a su propio fuero, con submision expresa al del Señor Corregidor, o al de otro qualquiera juez competente, a cuya jurisdicción se somete con renuncia del suyo proprio, domicilio, vecindad, y otro que de nuevo ganare, a la ley si convenerit, de jurisditione ómnium juduicum con las demás de su favor, queriendo le apremien a su cumplimiento como por sentencia difiniva, pasada en autoridad de cosa juzgada, y por el consentica. Confiesa quedar advertido de lo prevenido por Su Magestad en su Real Pragmatica de hipothecas, y sus efectos,en la ciudad de Barcelona a veinte, y ocho días del mes de Abril de mil ochocientos y uno. Siendo presentes por testigos Miguel Brugoda escribiente y el Señor D. Antonio Benero de Valera Comisario ordenador honorario de los Exercitos de Su Magestad, residentes en la presente ciutat.
Antonio Buenaventuda Gassó, Ante mi Francisco Mas.