Saga Bacardí
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PROTESTO DE CAMBIABLES DE ARABET, CONTRA ANTONIO BUENAVENTURA GASSÓ & Cia.


En la ciudad de Barcelona a los seis dias del mes de Noviembre del año mil ochocientos y dos. Francisco Pedroza uno de los dependientes de los Señores de Arabet, Gautier, Manning & Cia. vecinos y del comercio de esta ciudad, constituido personalmente en las casas de la propria habitación de los Señores D. Antonio Buenaventura Gassó & Cia. igualmente de este comercio, que se hallan en la calle de la Carassa, a fin de cobrar de dichos Señores el importe de las letras baxo insertas. Por su ausencia presentó a Alexandro Landi dependiente d edichos Señores las letras de cambio que son como siguen.=
J.M.J.Cádiz a ocho de Octubre mil ochocientos dos. . Son Ps. Mil cuatrocientos de ciento veinte y ocho quartos effectivos.= A treinta dias fecha se servirán Vms. mandar pagar por esta primera de cambio a la orden del Señor D. Agustin Butler pessos mil, y cuatrocientos e a ciento veinte y ocho quartos cada uno en oro, o plata efectiva, y no vales reales, valor de dichos Señores que anotaran Vms. en cuenta como aviso.= Ricardo Gough.= A los Señores A.B. Gassó & Cia. Barcelona.= Aa.Ba.= J.M.J. Cádiz a ocho de octubre mil ochocientos y dos.. Son Ps. Mil cuatrocientos de ciento veinte y ocho quartos efectivos.= A treinta dias fecha se servirán Vms. mandar pagar por esta segunda de cambio (no habiendolo hecho por la primera) a la orden del Señor D. Agustin Butler, pesos mil y cuatrocientos de a ciento veinte y ocho quartos cada uno, en oro o plata efectivos, y no vales reales, valor de dichos Señores, que anotarán Vms. en cuenta como aviso.= Ricardo Gough.= A los Señores D. A.B. Gassó & Cia. Barcelona.= La primera aceptada en los Señores Jonvendale, Baure & Cia..= Paguese a la orden de los Señores Vda. De Lassala e hijo, valor en cuenta, ut retro.= Agustin Butler.= Paguese a la orden de los Señores de Arabet, Gautier, Manning & Cia. valor en cuenta. Valencia Noviembre dos de mil ochocientos y dos.= Vda. De Lassala e Hijo.= J.M.J. Cádiz a ocho Noviembre mil ochocientos y dos. Son Ps. Mil y seiscientos de ciento veinte y ocho quartos efectivis.=A trenta dias fecha se servirán Vm. mandar pagar por esta primera de cambio a la orden del Señor D. Agustin Butler pesos mil y seiscientos de ciento veinte y ocho quartos cada uno en oro o plata efectivo, y no vales reales, valor de dicho Señor, que anotarán Vm. en cuenta como aviso.= Ricardo Gough.= A los Señores D. A.B. Gassó & Cia., Barcelona.= Aceptada.= J.M.J. Cádiz a ocho Octubre mil ochocientos y dos. Son Ps. Mil seiscientos, de ciento veinte y ocho quartos efectivo.= A treinta dias fecha se servirán Vm. mandar pagar por esta segunda de cambio (no habiendolo hecho por la primera) a la orden de Vda. D. Agustin Burtel, pesos mil y seiscientos de ciento veinte y ocho quartos cada uno, en oro, u plata efectivo, y no vales reales, valor de dicho Señor que anotaran Vms. en cuenta como aviso.= Ricardo Gough.= A los Señores D. A.B. Gassó & Cia. Barcelona.= Paguese a la orden de los Señores Vda. De Lassala e Hijos, valor en cuenta, ut retro.= Agustin Batler.= Paguese a la orden de los Señores de Arabet, Gautier, Monning & Cia. valor en cuenta. Valencia dos Noviembre mil ochocientos y dos.= Vda. De Lassala e Hijos.=
Y vistas dichas letras por el nombrado Lanti, dixo: que sus principales no querian acetarlas prespeto de tener noticia que la casa libradora estaba en quiebra. Y el relatado Pedrosa protestó contra dichos Señores D. Antonio Buenaventura Gassó & Cia. librador de dichas letras, endozantes, y demas que tengan derecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios recambios y demas que por falta de acetacion de las referidas letras se seguiran y pueden seguir a los dichos de Arabet, sus principales. De todo lo que el dicho Pedrosa ha requirido a mi el escribano formase la presente publica escritura, y que dé ella a él, y demas que convenga entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente (conodido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Francisco gelabert, y Francisco Casals ambos de este comercio.
Francisco Pedrosa, Ante Joseph Ubach.