Saga Bacardí
08403
PROTESTO DE CAMBIABLES DE ARABET, CONTRA ANTONIO BUENAVENTURA GASSÓ & Cia. 2ª.


En la ciudad de Barcelona a los nueve dias del mes de Noviembre del año mil ochocientos y dos. Francisco Pedrosa otro de los dependientes de los Señores de Arabet, Gautier, Menning & Cia. del comercio de esta ciudad, con comisión y orden de dichos Señores, constituido personalmente en las casas de la propria habitacion de los Señores D. Antonio Buenaventura Gassó & Cia. de este comercio, a fin de cobrar de dichos Señores el importe de la letra baxo inserta, por su ausencia presentó a Salvador Rossell las letras de cambio que son como siguen.=
J.M.J. Cádiz a ocho de Octubre mil ochocientos y dos.= Son P. mil seiscientos de ciento veinte y ocho quartos efectivos.= A treinta dias fecha se servirán Vm. mandar pagar por esta primera de cambio a la orden del Señor D. Agustin Butler. Pesos mil seiscientos de ciento veinte y ocho quartos cada uno, en oro o platae fectiva, y no vales reales, valor de dichos Señores que anotaran Vm. en cuenta como aviso.= Anotada.= Ricardo Gough.= A los Señores D. A.B. Gassó & Cia. Barcelona.= J.M.J. Cádiz a ocho de Octubre mil ochocientos y dos. Son P. mil seiscientos de ciento veinte y ocho quartos efectivos.= A treinta dias fecha se serviran Vm. mandar pagar por esta segunda de cambio (no habiendolo hecho por la primera) a la orden del Señor D. Agustin Butler. Pesos mil y seiscientos de a ciento veinte y ocho quartos cada uno en oro, u plata efectivos, y no vales reales, valor de dicho Señor que anotaran Vm. en cuenta, como aviso.= Ricardo Gough.= A los Señores D. A.B. Gassó & Cia. Barcelona.= Paguese a la orden de los Señores Vda. de Lassala e Hijos, valor en cuenta, ut retro.= Agustin Butler.= paguese a la orden de los Señores de Arabat, Gautier, Menning & Cia. valor en cuenta.= Valencia, dos Noviembre mil ochocientos y dos.= Vda. Lassala e hijos.= J.M.J. Cádiz a ocho Octubre mil ochocientos y dos. Son P. mil quatrocientos de ciento veinte y ocho quartos efecivos.= A treinta dias fecha se serviran Vm. mandar pagar por esta primera de cambio a la orden del Señor D. Agustin Butler. Pesos mil y quatrocientos de a ciento veinte y ocho quartos cada uno en oro, o plata efectiva, y no vales reales, valor de dicho Señor que anotaran Vm. en cuenta segun aviso. Ricardo Gough.= A los Señores D. A.B. Gassó & Cia. Barcelona.= J.M.J. Cádiz ocho Octubre mil ochocientos dos. Son P. mil quatrocientos de ciento veinte y ocho quartos efectivos.= A treinta dias fecha se serviran Vm. mandar pagar por esta segunda de cambio (no habiendolo hecho por la primera) a la orden del Señor D. Agustin Butler. Pesos mil quatrocientos de a ciento veinte y ocho quartos cada uno en oro o plata efectiva, y no vales reales, valor de dicho Señor que anotaran Vms. en cuenta como aviso.= Ricardo Gough.= A los Señores D. A.B. Gassó & Cia. Barcelona.= Paguese a la orden de los Señores de Arabet, Goutier, Menning & Cia. valor en cuenta. Valencia dos Noviembre mil ochocientos dos.= Vda. de Lassala e Hijos.=
Y vistas dichas letras por el expresado Rossell, dixo: Que sus principales no deben, ni quieren pagarlas. Y el relatado Pedrosa protestó contra dicho Señores libradores de las referidas letras, endozantes, y demas que tengan derecho de todo daño, gasto, perjuicio, intereses, cambios, recambios y demas que por falta de pago de dicha letras se seguiran y pueden seguir a los enundiados Señores de Arabet, Menning & Cia. sus principales. De todo lo que el propio Pedrosa ha requirido a mi el escribano formase la presente publica escritura, y que dé eñña a él y demas que convenga entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Francisco Just, y Juan Matheu ambos de este comercio.
Francisco Pedrosa, Ante Joseph Ubach.