Saga Bacardí
08411
ESCRITURA DE PODERES HACIA TAPET, POR ANTONIO BUENAVENTURA GASSÓ & Cia.


Sepase por esta publica escritura. Que los Señroes D. Antonio Buenaventura Gassó & Cia. vecinos y del comercio de la presente ciudad. Espontáneamente otorgan que dan todo su poder cumplido, libre, amplio, general y bastante qual de derecho se requiere y es menester a los Señores D. Fermin de Tapet & Cia. del comercio de la ciudad de Londres, aunque ausentes, paraque a nombre de los Señores otorgantes y representando su persona, voz, y accion y derecho pueda parecer, y parezcan ante Su Majestad Britanica y Señores de sus Reales Consejos, Secretarias, oficinas, y demas tribunales que convengan, y allí instar, pedir, y reclamar de quien corresponda con expresa enmienda de daños, intereses, y costas el valor del cargamento de la Polacra Española nombrada “La Misericordia”, su Capitan D. Buenaventura Sagrera la que viniendo de Pretersburgo para la España a cargo de dichos Señores Gassó & Cia. en el año de mil setecientos noventa y seis, fue ilegítimamente apresada, y conducida a los puertos de la Gran Bretaña, a cuyo fin puedan presentar, y presenten cualesquiera memoriales, suplicas, y recursos, instar sus decretos, y laexecucion de los mismos, y practiquen todas las demas diligencias juiciales, y extrajuiciales que juzguen necesarias hasta conseguir el fin a que se dirigieren dichas pretenciones, y para ello en caso necesario puedan parecer, y parezcan en juicio ante cualesquier justicias de la referida Su majestad Britanica, poniendo demandas, alegaciones, pedimentos, requirimentos, y protestas, pidiendo terminis presentando testigos, escrituras y probanzas, tachando y contradiciendo los que en contrario se presenten, oyendo autosm y sentencias, consintiendo las favorables , y de las contrarias apelando, y suplicando, siguiendo las apelaciones y suplicaciones en todas, instancias presentando cauciones juratorias,m y fidejusirias, firmando cualesquiera cartas de pago, y las demas escrituras que convenga. Y generalmente ejecutando tods los demas actos y diligencias que se ofrescan, pues para todo lo referido des dan poder el mas amplio, y general con relevacion en forma. Facultad de substituir, revocar los substitutos y nombrar otros. Prometiendo tener por firme y seguro quanto por dichos sus apoderados, y sus tal vez substitutos se obrare, y no revocarlo en tiempo alguno bajo obligación de los bienes de dicha su compañía presentes, y venideros, y con relevación de las leyes, y derechos que favorecerles puedan. En cuyo testimonio asi lo otorgan en la ciudad de Barcelona a veinte y ocho Junio de mil ochocientos y tres. Siendo testigos D. Juan de Binimelis, y Antonio Juliá escribientes en la misma residentes. Y los otorgantes (a quien afirman conocer dichos testigtos) lo firmaron de su mano.
Antonio Buenaventura Gassó & Cia. Ante Josef Maria Odena notario y por su ausencia con intervención de mi Francisco Marés y Llopart su con-notario.