Saga Bacardí
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PROTESTO DE CAMBIABLE DE ARMENGOL, COTRA ANTONIO BUENAVENTURA GASSÓ & Cia.


En la ciudad de Barcelona a los treinta dias del mes de Junio del año mil ochocientos y tres. Manuel Armengol, con comisión y orden de Pedro Armengol del comercio de esta ciudad, su padre, constituido personalmente en las casas de la propia habitación de los Señores D. Buenaventura Gassó & Cia. de este comercio, a fin de cobrar el importe de la letras baxo incertas, que en el dia de oy fueron protestadas contra los Señores D. Manuel Codina & Cia. de este comercio, en fuerza de la indicacion que se hallan en dichas letras, les presentó las letras de cambio que son como siguen.=
Madrid treinta de Abril de mil ochocientos y tres. Son reales vellon quarenta mil en efectivo.= A sesenta dias data mandará Vm. pagar por esta mi primera de cambio a la orden de dicho Señor Antonio Cortavarria, quarenta mil reales cellon en efectivo y no vales reales, valor recivido de dichos Señores, que sentará Vm. en cuenta, según aviso.= Antonio Mandri & Cia.= A D. Agustin Bas, Igualada, pagadera al domicilio de D. Manuel Codina & Cia.= Barcelona.= Corriente, Agustin Bas.= Madrid treinta de Abril de mil ochocientos y tres. Son reales de vellon quarenta mil en efectivo.= A sesenta dias data, mandará Vm. pagar por esta segunda de cambio (no haviendolo hecho por la primera) a la orden de D. Juan Antonio de Cortavarria. Quarenta mil reales vellon en efectivo, y no vales reales, valor recivido de dichos Señor y Vm. anotará según aviso de.= Antonio Mandri y Camin.= A D. Agustin Bas. Igualada pagadera en Barcelona.= En caso necesario se acudirá a los Señores A.B. Gassó & Cia. por la marca M y C.= Paguese a la orden de los Señores P. Miguel López & Cia. valor en cuenta. Madrid ut retro.= con poder de D. Juan Antonio Cortavarria.= Jayme Lesende.= Paguese a la orden del Señor D. Blas del Hierro, valor de dicho Señor. Cadiz y seis de Mayo de mil ochocientos y tres.= Miguel López & Cia.= paguese a la orden del Señor D. Ramon Roman, valor en cuenta con dicho Señor. Cádiz, seis Mayo de mil ochocientos y tres.= Blas del Hierro.= Paguese a la orden del Señor D. Pedro Armengol y Pujol. Barcelona veinte y quatro Mayo de mil ochocientos tres. Ramon Roman.=
Y vistas dichas letras por los mencionados Señores D. Antonio Buenaventura Gassó & Cia. dixeron: Que mediente el protesto arriba referido, las pagarian por honor de la firma de los Señores Miguel López & Cia. otro de los endozantes de ellas, con reserva de derechos uq les correspondan para erclamar de dichos Señores, del librador, y de los demas endozantes el importe de las mismas letras, junto con lo demas que les competa, como en efecto las pagaron, en dinero contado realmente y de hecho a todas sus voluntades por lo que renunciando a la excepción de no ser satisfecho el dinero en el modo referido, el mencionado Manuel Armengol con el presente les otorga la correspondiente carta de pago, con cesion de los derechos de su padre y principal, sin empero garantia alguna de parte de este. De todo lo que el propio Armengol ha requirido a mi el escribano, formase la presente publica escritura, y que dé ella a él y demas que convenga, entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Felix Pons, y Miguel Argelich, ambos de este comercio.
Ramon Armengol y Romá. Ante Joseph Ubach.