Saga Bacardí
08439
PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA CABANYES, POR ANTONIO BUENAVENTURA GASSÓ & Cia.


En la ciudad de Barcelona a los tres dias del mes de Mayo del año mil ochocientos y cinco. Felipe Pujol otro de los dependientes de los Señores D. Antonio Buenaventura Gassó & Cia. vecinos y del comercio de esta ciudad, con comisión y orden de dichos Señores, constituido personalmente en las casas de la propia habitación de los Señores D. Joseph Cabañe & Cia. tambien de este comercio, a fin de cobrar de dichos Señores el importe de la letra baxo inserta, le, respeto de haver hecho dichos Señores suspensión de pagos no obastante de no ser vencida la letra, por ausencia de dichos Señores presentó a Francisco Soulan, otro de sus dependientes la letra de cambio que es como sigue.=
Paris le treze Avril mille huit cents cing. B. pour piastres effectif deux mille de trente deux reaux plate vielle.= A quarante jours de date payez par cette premier de change a l’ordre de Monssieure Hervas la somme de deux mille, de trente deux reaux effectif de trente deux reaux plate vielle, valeur regue de Monssieure Hervé qui passerez suivan l’avis de.= J. Baptiste Cabañes.= A Monssieure J. Baptiste Cabañes & Cie. a Barcelone, acetada.= P.P J. Baptieste Cabañes & Cie.= Joseph Palaurdarias.= Joseph Casals.= Payez al’ordre de Monssieure A.B. Gassó & Cie. valeur en compte. Paris treize Avril mille huit cents cinq..= P.P Monssieure Hervas.= P. A. Rodriguez.=
Y vista dicha letra por el nombrado Soulans, dixo: Que se presentase a su vencimiento, por lo que el citado Pujol protestó contra dichos Señores, contra el libraodr, endozante y demas que tengan derecho de todo daño, gasto, perjuicio, intereses, cambios, recambios y demas que por falta de pago de ella se seguiran y pueden seguir a sus principales. De todo lo que el propio Pujol requirió a mi el escribano, formase la presente publica escritura, y que dé ella a él y demas que convenga, entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Juan Pastor y Ramon Albareda, ambos de este comercio.
Felipe Pujol, Ante Joseph Ubach.