Saga Bacardí
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PROTESTO DE VARIAS CAMBIABLES CONTRA ALOU, POR ANTONIO BUENAVENTURA GASSÓ & Cia.


En la ciudad de Barcelona a los veinte y quatro dias del mes de Enero del año mil ochocientos y seis. Mariano Cantallosellas otro de los dependientes de los Señores A.B. Gassó & Cia. vecinos y del comercio de esta ciudad, con comisión y orden de dichos Señores, constituido personalmente en las casas de la propia habitación del Señor D. Juan Alou y Veciano, tambien de este comercio, a fin de cobrar de dicho Señor el importe de las letras baxo insertas, por su ausencia presentó a Miguel Maria Alou su hijo las tres primeras, y segundas letras de cambio que son como siguen.=
Madrid veinte y cinco de Octubre de mil ochocientos y cinco. Son reales vellon veinte y tres mil doscientos efectivos.= A noventa dias fecha se servirá Vm. mandar pagar por esta primera de cambio a la orden de D. Pablo Capon, reales vellon veinte y tres mil doscientos en oro, o plata, y no vales reales, valor en cuenta con dicho Señor que anotará Vm. en cuenta, según aviso de.= P. Giron e Hijo.= A D. Juan Aleu y Veciana, Barcelona.= Corriente.= Aleu.= Madrid veinte y cinco de Octubre de mil ochocientos y cinco. Son reales vellon veinte y tres mil, doscientos.= A noventa dias fecha se servirá Vm. mandar pagar por esta segunda de cambio (no habiendolo hecho por la primera) a la orden de D. Pablo Capon reales vellon veinte y tres mil doscientos en oro, o plata, y no vales reales, valor en cuenta con dicho Señor que anotará Vm. en cuenta según aviso de.= P. Giron e Hijo.= A D. Juan Aleu y Veciana, Barcelona.= au besoin chez Monssieure Huget et Dupré.= Au besoin chez Monssieure Sargelet, Sagnier & Cie.= Payez al’ordre de Monssieure Coden Freres de Lyon.= Paris vingt cong Novembre mille huit cents cing.= P. pour Paul Capon.= Armand F. Paul.= Payez al’ordre de Monssieure Fiter, Darnal & Cie. Valeur regue. Lyon le deux Decembre mille huit cents cing.= Bordin Freres.= Payez al’ordre de Messieure Bernadoc Sairás & Cie. valeur en compte. Lyon le douze Fra. quatorze.= Filter Darnal & Cie.= Payez al’ordre de Messieure Roux Freres, valeur regue comptant. Marseille dix Desembre mille huit cents cing.= Bernadoc Fairas & Cie.= Payez al’ordre de Messieure A.B. Gassó & Cie. valeur en compte avec. B. Marseille le ving et et un frimaire an quatorze, douze Desembre mille huit cents cing.= Roux Freres.= Madrid veinte y cinco de Octubre de mil ochocientos y cinco. Son reales vellon veinte y tres mil seiscientos . A noventa dias fecha se servirá Vm. mandar pagar por esta primera de cambio a la orden de D. Pablo Capon, reales vellon veinte y tres mil seiscientos en oro o plata, y no vales reales, valor en cuenta con dicho Señor que anotara Vm. en cuenta según aviso de.= P. Giron e Hijo.= A D. Juan Aleu y Veciana, Barcelona.= Corriente.= Aleu.= Madrid veinte y cinco de Octubre de mil ochocientos cinco. Son reales vellon veinte y tres mil seiscientos efectivos.= A noventa dias fecha se servira Vm. mandar pagar por esta segunda de cambio (no habiendolo hecho la primera) a la orden de D. Pablo Capon, reales vellon veinte y tres mil seiscientos en oro o plata, y no vales reales, valor en cuenta con dicho Señor que anotará Vm. en cuenta según aviso de.= P. Giron e Hijo.= A D. Juan Aleu y Veciana, Barcelona.= Au besoin de Messieure Huget et Dupre.= Au besoin chez Messieure Sargelet, Sagnier & Cie.= Payez al’ordre de Messieure Borden Freres de Lyon, valeur en compte. Paris vingt cing Novembre mille huit cents cing.= P. pour de Paul Capon.= Armand F. Paul.= Payez al’ordre de Messieure Fiter, Dornal & Cie. Valeur regue. Lyon de deux Decount mille huit cents cing.= Bodin Freres.= Payez al’ordre de Messieure Bernadoc Sairas & Cie. valeu en compte. Lyon le douze fra. quaatorze.= Fiter Carnal & Cie.= Payez al’ordre de Messieure Roux Freres, valeur regue comptant.= Marseille le dix Desembre mille huit cents cing.= Bernadoc Fairas & Cie.=Payez al’ordre de Messieure A.B. Gassó & Cie. Valeur en compte avec, B. Marseille le vingt et un frimaire an quatorze, douze Desembre mille huit cents cing.=.= Roux Freres.= Madrid veinte y cinco de Octubred e mil ochocientos y cinco. Son reales vellon ocho mil.= A noventa dias fecha se servirá Vm. mandar pagar por esta primera de cambio a la orden de D. Pablo Capon reales vellon ocho mil en oro o plata y no vales reales, valor en cuenta según aviso de.= P. Giron e Hijo.= A D. Juan Alou y Veciana, Barcelona.= Corriente.= Alou.= Madrid veinte y cinco de Octubre de mil ochocientos y cinco. Son reales vellon ocho mil.= A noventa dias fecha se servirá Vm. mandar pagar por esta segunda de cambio (no habiendolo hecho por la primera) a la orden de D. Pablo Capon reales vellon ocho mil en oro, o plata, y no vales reales, valor en cuenta según aviso de.= P. Giron e Hijo.= A D. Juan Alou y Veciana, Barcelona.= Au besoin de Messieure Hugetet Dupré.= Au besoin chez Messieure Sargelet, Sagnier & Cie.= Payez al’ordre de Messieure Bodin Freres de Lyon, valeur en compte. Paris vingt cing Novembre mille huit cents cing.= P. Pour de Paul Capon.= Armand F. paúl.= Payez al’ordre de Messieure Fiter, Dornal & Cie. Valor regue. Lyon de deux Decount mille huit cents cing.= Bodin Freres.= Payez al’ordred e Messieure Bernadoc Sairas & Cie.= Payez al’ordre de Messieure A.B. Gassó & Cie. valeur en compte avec B. Marseille le vingt et un frimaire an quatorze, douze Desembre mille huit cents cing.= Roux Freres.=
Y vistas dichas letras por el expresado D. Miguel Maria Aleu, dixo: Que su padre no las paga por no tener fondos del expresado Cantalosellas protestó contra dicho D. Juan Aleu, contra el librador de dichas letras, endozantes, y demas que tengan derecho de todo daño, gasto, perjuicio, intereses, cambios, recambios y demas que por falta de pago de ditas letras se seguiran, y pueden seguir a dichos sus principales, de todo lo que el citado Cantalosella ha requerido a mi el escribano, formase la presente publica escritura, y que dé ella a él y demas que convenga, entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Siendo presentes D. Antonio Arnais comerciante, y Agustin Lladó zapatero, vecinos de esta ciudad.
Seguidamente para el propio fin de cobrar el importe de las referidas letras el citado Cantallosellas pasó a las casas de la propia habitación de los Señores Huget, y Dupré tambien de este comercio y les presentó dichas letras, quienes después de haverlas visto, dixeron: Que mediante el antecedente protesto las pagarian por honor4 de la firma de los Señores Rodin Hermanos, otros de sis endozantes, con reserva de los derechos que le correspondan para reclamar de los mismos Rodin Hermanos, de los libradores, endozzantes y de quien haya lugar en derecho, el importe de las referidas letras junto con lo demas que les competa como en efecto las pagaron en dinero de contado realmente y de hecho a todas sus voluntades. Por lo que renunciando a la excepción de no ser satisfecho el dinero y a otra cualesquier ley o derecho de su favor, les otorga la correspondiente carta de pago, con cesion de los derechos, sin empero garantia alguna de parte de estos. De todo lo que el citado Caantallosella ha requerido a mi el escribano, formase la presente publica escritura, y que dé ella a él y demas que convenga, entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Santiago Joumard, y Juan Azemar, ambos de este comercio.
M. Catalozella y Torres, Ante Joseph Ubach.