Saga Bacardí
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SOLICITUD DE JUBILACIÓN DE ANTONIO BUENAVENTURA GASSÓ Y BORRULL.


Cumpliendo la Junta de Gobierno del Comercio de este Principado con la orden de la Suprema de Comercio y moneda de 16 del pasado, para que informe sobre el recurso, que devuelve, de D. Antonio Buenaventura Gassó, solicitando se le jubile del empleo de Secretario y demas de estos cuerpos de Comercio, experesa: Que aunque la es muy sensible la jubilaciójn de D. Antonio Buenaventura Gassó del empleo de Secrtario, por el zelo, actividad y esmero, con que ha servido desde el año 1792, sin embargo, siendo en comcepto de este cuerpo muy atendibles los motivos que expone,e s de dictamen que los distinguidos servicios de Gassó lo hacen acreedor al descanso que apetece y a la jubilación del empleo de Secretario, como y a la exincion de los de Consul y de Juez de apelaciones, pero, en atención de que el cuerpo de martriculados es tan limitado, y que el empleo de vocal de la Junta de Gobierno es quadrienal, no es d edictamen la Junta que se le exima de este cargo, que es compatible con sus muchos negocios, y que pueda igualmente servir sin detrimento de la saluid, en beneficio de la causas pñublica, que quedaría perjudicada, si faltase tan benemerito individuo cree la junta que es un deber suyo elevar a la ilustrada compensación de la suprema los dilatados y distinguidos servicios de Gassó, contraidos en bien de la causa publica en los empleos que ha servido, y recomendanselos muy particularmente, esperando que se servirá elevarlos a S.M. Para dar al interesado aquella recompensa a que se le crea acreedor, y a fin de que sirva de estimulo a que otros se hagan dignos de igual gracia.
Lo participa a Vs. La Junt para noticia de la Suprema.
Dios guarde a vs. Muchos años. Barcelona 7 de Diciembre de 1805.

Cumpliendo la Hybta de Gobierno del Comercio de este Principado con la orden de la suprema de Comercio y Moneda de 16 del pasado, para que informe sobre el recurso, que devuelve de D. Antonio Buenaventura Gassó, solicitando se le jubile del empeño de Secretario y la extensión de los demas de estos cuerpos de Comercio, expresa: Que aunque le es muy sensible la jubilación de D. Antonio Buenaventura Gassó, del empleo de Secretario, por el zelo, actividad y esmero, con que ha servido de este cuerpo muy atendibles los motivos que expone, es de dictamen que los distinguidos servicios de Gaassó la hacen acreedor al descanso que apetece y a la jubilacion de la extension de los de Consul, y de Juez de apelaciones, peró en atnción de que el cuerpo de matriculados es tan limitado, y que el empleo de vocal de la Junta de Gobierno es quadrienal, no es de dictamen la Junta que se le exima de este cargo, que es compatible cons us muchos negocios, y que puede igualmente servir sin detrimendo de la salud, en beneficio de la causa publica, que quedaría perjudicada, su faltase tan benemerito individuo.
Cree la Junta que es un deber suyo elevar a la ilustada comprensión de la suprema los dilatados y distinguidos servicios de Gassó, contraidos en bien de la causa publica en los empleos que ha servido, y recomendanselos muy particularmente, esperando que se servirá elevarlos a S.M. Para dar al interesado aquella recompensa a que se le crea acreedor, y a fin de que sirva de estimulo a que otros se hagan dignos de igual gracia.
Lo participa a Vs. La Junta para noticia de la Suprema.
Dios guarde a Vs. Muchos años. Barcelona 7 de diciembre de 1805.
Carlos de Arcura, El Marques de Monistrol, C. de Roca y Batlle. D. Manuel del Burgo.

Madrid, 11 enero 1806.
Nada tiene que añadir el Fiscal a la exposicion de la Junta del comercio de Barcelona. Loe meritos de Gassó son notorios en este Supremo Tribunal. 14 años ha que sirve aquella secretaria y en ellos ha acreditado constantemente su actividad, y su zelo siendo justo conceder al cabo de tanto tiempo a un empleado de sus circunstancias el descanso que pide. A las consideraciones que hace la Junta sobre no comprehender la plaza de vocal en las otras exenciones que solicita puede añadirse la de que en la escasez de individuos que tiene aquella matricula capaces de desempeñar utilmente el destino de vocal de la propia Junta seria un perjuicio Real a la causa publica el privarla del auxilio que puede hallar en las luces conocimeito y experiencia del interesado.
Entiendo pues el fiscal que la Junta se servirá hacer presente a S. M. lo acreedor que es D. A.B. Gassó a la publicación y exenciones que pide menos en la de servir la plaza de vocal por las razones indicdas y recomendando al mismo tiempo el merito que tiene contraido para la soberana noticia y consideracion del empleo de Secretaro, como a la exencion de los de Consul y de Juez de apelaciónes, peró, en atención de que el cuerpo de Marciulados es tan limitado, y que el empleo de vocal d ella Junta de Gobierno es quadrienal, no es de dictamen la Junta que se le exima de este cargto, que es compatible con sus muchos negocios, y que puede igualmente servir sin detrimento de la salud, en beneficio de la causa publica, que quedaria perjudicada, si faltase tan benemerito individuo.
Cree la Junta que es un deber suyo elevar a la ilustrada comprension de la suprema los dilatados y distinguidos servicios de Gassó, contruidos en bien de la causa pública en los empleos que ha servido, y recomendarselos muy particularmente, esperando que se servirá elevarlos a S.M. Para dar al interesado aquella recompensa a que se le crea acreedor, y a fin de que sirva de estimulo a que otros se hagan dignos de igual gracia.
Lo participa a Vs, la Junta para noticia de la suprema.
Dios guarde a Vs, muchos años.
Barcelona 7 de Diciembre de 1805.
Sr. D. Manuel del Burgo

Señor.
D. Antonio Buenaventuda Gassó secretario del cuerpo de matricula de Junta de Gobierno del Comercio de Cataluña a V.R.V. Con profundo respeto dice: Que desde 1792 sirve con real nombramiento este cargo cuias funciones creo haber desempeñado con toda la extencion que su induficiendia ha permitido con grande trimento de mis propios negocios espuestos siempre a los de V.R. Servicio y publicos. Que durante este intervalo sirvio también la Seceretaria de la Junta de Caxa de reduccion todo el tiempo que existió con recargo en icpuaciones y distraccion de sus intereses, y antes el empleo de vocal de la de gobierno de Comercio, como el de ajunto en varias causas en el juzgado de Alzadas de que por notoriedad no apompaña certificaciones que despues de tanta aplicación a los asuntos generales del comercio parece que es acreedor a cierta excencion en su respecto para poder dedicarse con alguna mas asiduidad a los negocios de su casa, y aun gozar de unos dias menos agoviados por la reunion de asuntos sobre todo hallandose incomodado en su vista con fluxiones que el sobredo trabajo excita, y en esta atención SUPLICA resididamente a V.R.M. Que se digne concederle la juilación del empleo de Secretario de la Marcicula y Junta de Gobierno de este comercio con la exencion de todo empleo a cargo en estos cuerpos y en el tribunal del Consulado gracia que espera de V.R.piedad.
Barcelona 23 Febrero de 1809
Sr. A.B Gassó.

Cumpliendo la Junta de Gobierno del Comercio de Principado con la orden de la suprema de Comercio y Moneda de 16 del pasado, para que informe sobre subre el recurso, que devuelve, de D. Antonio Buenaventuda Gassó, solicitando se le jubile del empleo de Secretario y la exención de los demás de estos cuerpos de comercio, expresa: Que aunque la es muy sensible la jubilacion de D. Antonio Buenaventuda Gassó del empleo de Secretario, por el zelo, actividad y esmero, con que ha servido desde el año 1792, sin embargo, siendo en concepto de este cuerpo muy atedibles los motivos ue expone, s de dictamen que los distinguidos servicios de Gassó le hacen acreedor al descanso que apetece y a la jubilación.
23 de Febrero de 1805. Señor.= A.V.R.P.= Antonio Buenaventura Gassó.

D. Antonio Buenaventura Gassó Secretario del Consejo de Matricula y de la Junta de Gobierno del Comercio de Cataluña a V.R.P. Con profundo respeto dice: Que desde 1792 sirve con Real nombramiento este cargo, cuyas funciones cree haber desempeñado con toda la extension que su insuficiencia ha permitido, con gran detrimento de sus propios negocios pospuestos siempre a los de V.R. Servicio y publicos. Que durante este intervalo sirvió también la Secretaria de la Junta de Caxa de reduccion todo el tiempo que existió, con recargo en ocupaciones y distraccion de sus intereses, y antes el empleo de vocal de la de Gobierno de Comercio, con el de ajunto en varias causas en el juzgado de alzadas de que, por notoriedad, no acompaña certificaciones, y que despues de tanta aplicación a los asuntos generales de comercio parece que es acreedor a cierta exencion en su respeto para poder dedicarse con alguna mas asiduidad a los negocios de su casa, y aun gozan de unos dias menos agoviados por ella reunion de asuntos, sobre todo hallandose incomodado en su vista con fluxiones que el sobrado trabjo excita, y en esta atención.
Suplica rendidamente a V.R.M. Que se digne condecerle la jubilación del empleo de Secretario de la Matricula y Junta de Gobierno de este Comercio, con la exinción de todo empleo o cargo en estos cuerpos y en el tribunal del Consulado, gracia que espera de V.R. Piedad.
Barcelona 23 Febrero de 1805. Señor.= A.V.R.P.= Antonio Buenaventura Gassó.

En conseqüencia de lo expuesto por Vd. en 23 de Octubre último, a la Junta General de Comercio y Moneda, de no poder evacuar el informe que se la pidió en 23 de Julio de este año, acerca de la solicitud que ha hecho D. Antonio Buenaventura Gassó, para que se le juvile del empleo de Secretario de Vs. Y Cuertpo de la matricula, con la excención de qualquiera otro cargo en los mismos cuerpos, por ignorar las causas que expone, acompaño a Vs. El memorial original de Gassó, a fin de que en su vista execute Vs. Con devolución el citadpo informe, y se lo participo de acuerdo de este Supremo Tribunal para su inteligencia, y cumplimiento, deseando que Dios guarde a Vs. Muchos años.
Madrid 16 de Noviembre de 1805.
Manuel del Burgo.

Barcelona 23 de Octubre de 1805.
La Junta de Gobierno de este Comercio, se ha enterado de la orden de la suprema de Comercio y moneda de 23 de Julio ultimo comunicada por Vs. Paraque informe acerca el recurso a S.M. De D. Antonio Buenaventura Gassó para la jubilación del empleo de Secretario de la Junta y del Cuerpo de Matriculas y la esenión de qualquiera otro cargo en los cuerpos de Comercio para cumplir la suprema con el que sobre esto ha de dar a S.M.
Como no tiene noticia la Junta de los motivos en que funda su solicitud Gassó no puede con seguridad dar su sentir sobre ella. Y lo participa a Vs. La Junta para noticia de la Suprema.
Dioa guarde a Vs. Muchos años.

Con Real orden de 26 de Junio ultimo, remitió a la Junta General de Comercio y Moneda el Excelentisimo Señor D. Miguel Cayetano Soler, un memorial en que D. Antonio Buenaventura Gassó solicita jubilación del empleo de Secretario de la Junta Particular de Comercio, y Cuerpo de la Matricula, con la exención de qualquiera otro cargo en los mismos cuerpos, y a fin de proponer a S.M. Lo que estime conveniente acerca de esta istancia, quiere este Supremo Tribunal que Vs. Le informe por mi mano lo que se le ofrezca, y parzca en su razon, y se lo participo de su acuero para su inteligencia, y cumplimiento, deseando que Dios guarde a Vs, muchos años.
Madrid 23 de Julio de 1809.
Manuel del Burgo.

Paso a manos de Vs. La adjunta orden de la Junta General de Comercio y Moneda, para que esta particular la informe acerca de la solicitud que expresa del Secretario D. Antonio Buenaventura Gassó, a fin de que sirviendose Vs. Tratarlo en la primera que celebre se de cumplimiento a lo que previene aquella Superiodidad.
Dios guarde a Vs. Muchos años.
Barcelona 2 de Agosto de 1805.
Olas de Aranend.