Saga Bacardí
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PROTESTO Y PAGO DE DOS CAMBIABLES, DE CAMPI Y BROCCA, CONTRA ANTONIO BUENAVENTURA GASSÓ & Cia.


En la ciudad de Barcelona a los nueve dias del mes de Julio del año mil ochocientos y ocho. José Caner, con comisión y orden de los Señores Campí y Brocca, vecinos y del comercio de esta ciudad, constituido personalmente en las casas de la propia habitación de los Señores A.B. Gassó & Cia. vecinos y del comercio de esta ciudad, a fin de cobrar de dichos Señores el importe de las letras baxo insertas, les presentó la primera y segunda letra de cambio que son como siguen.=
Livorno a di dieci Maggio mila ottocento ed otto.= Per pezze trecento settanta, sette reali e ventotto maravedis da otto reali platta vecchia.= A giorni sessanta data pagate per questa prima di cambio, una sol volta all’ordine S.P. del Signor Bernardo Mercader. Pezze trecento settanta, reali sette, e ventotto maravedis da otto reali platta vecchia effetive, esclusi vali reali, valuta in conto, e ponete come vi si avvisa, addio.= José Nin y Llacuna.= Al Signore Antonio Nin del Vendrell pagabile in Barcellona.= Al bisogno da Signor A.B. Gassó & Cia.B.M.= E per me all’ordine S.P. Del Signor Pasqual Rossetti, valuta cambiata. Livorno ut retro.= Bernardo Mercader.= Acetada al Bardreli dia vint y sinch Maitx de mil vuit cents y vuit.= Anton Nin.= Livorno a dieci Maggio mila ottocento ed otto. Per pezze trecento settanta, reali sette, ventotto maravedis da otto reali platta vecchia.= A giorni settanta data pagate per questa seconda di coambio all’ordine S.P. dei Signori Bernardo Mercader. Pezze treciento settamta, reali sette, ventotto maravedis, da otto reali platta vecchia esclusi vali reali, ed ogni sorta di carta monetata, valuta in conto, e ponete come vi si avvisa, addio.= José Nin y Llacuna.= Al Signor Antonio Nin del Vendrell pagabile in Barcellona.= La prima bollata per l’acetanzione delli Signori M. e M. Vilar, da quali al bisogno p. P.R.= Al bisogno da Signor A.B. Gassó & Cia.B.M.= Al Bisogno dai Signor Gebhard & Cia.= E per me all’ordine S.P. del Signor Pasqual Rossetti, valuta cambiata. Livorno ut retro.= Bernardo Mercader.= E per me all’ordine S.P. del Signor Walfet Kriemler & Cia., valuta cambiata. Livorno diez y siete Maggio mila ottocento ed otto.= Pasquale Rossetti.= E per noi all’ordine S.P. de Signor Zellveguer & Cia. Valuta in conto.= Walfer Kriemler & Cia.= E per noi all’ordine S.P. dei Signori Giusseppe de Camilli Qm. Gaetano, valuta cambiata. Genova vent’uno Maggio mila otto cento ed otto.= Zellveguer & Cia.= E per me all’ordine S.P. dei Signor Campí e Brocca, valuta in conto.= Giusseppe de Camilli Qm. Gaetano.=
Y vistas dichas letras por los expresados Gassó & Cia. dixeron; Que no la pagan por los motivos que escribiran. Y el expresado Caner protestó contra dichos Señores Gassó & Cia. contra el librador de dichas letras, endozantes y demas que tengan derecho de todos daños, gastos, pejuicios, intereses, cambios, recambios y demas que por falta de pago de dichas letras se seguiran, y pueden seguir a sus principales. De todo lo que el mismo Caner ha requirido a mi el escribano, formase la presente publica escritura, y que dé ella a él y demas que convenga, entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Siendo presentes por testigos Francisco Pujol y Estevan Matas ambos en esta ciudad residentes.
Seguidamente el mismo Canes para el propio fin de cobrar el importe de las referidas letras, passó a las casas de la propia habitación de los Señores D. Miguel Martin Vilar, tambien de este comercio, y les presentó las referidas letras, quienes despues de haverlas visto,d ixeron: Que no las pagan por las razones que escribiran. Y el expresado Canes protestó contra dichos Señores Miguel y Martin Villar, contra los libradores de dichas letras, endozantes y demas que tenga derecho de todo daño, gasto, perjuicio, intereses, cambios, recambios y demas que por falta de pago de dichas letras se seguiran y pueden seguir a sus principales. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Siendo presentes por testigos D. Geronimo Tachella y Antonio Bounet ambos de este comercio.
Seguidamente el precitado Caner para el mismo fin de cobrar el importe de las referidas letras, passo a las casas de la propia habitación de los Señores Gabhardt & Cia. tambien de estec omercio, y les presentó las referidas letras, queines despues de haverlas visto, dixeron: Que mediante el antecedente protesto las pagarian por honor de la firma de los Señores Walter Kriemter & Cia. del librador, endozantes, y de quien tengan derecho el importe de las referidas letras, junto con lo demas que les competa, como en efecto las pagaron en dinero de contado realmente y de hecho, y confesó dicho Caner haver recivido dicho importe a todas sus voluntades. Por lo que renunciando a la excepción de no ser satisfecho el dinero, y a otra qualesquier ley o derecho, les otorga el citado Caner la correspondiente carta de pago, con cessión de los derechos de sus principales, sin empero garantia alguna de su parte. De todo lo que el citado Caner ha requirido a mi el escribano, formase la presente publica escritura, y que dé ella a él y demas que convenga, entregae copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requriente (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Joseph Lopez y Joseph Vilallonga ambos de este comercio.
Joseph Caner, Ante Joseph Ubach, y por su ausencia con intervencion de mi Antonio Ubach y Claris su connotario.