Saga Bacardí
08501
ESCRITURA DE PODERES HACIA BARBA, POR ANTONIO BUENAVENTURA GASSÓ Y BORRULL.


Sepase que D. Antonio Buenaventura Gassó vecino y del comercio de la presente ciudad, en la misma domiciliado. Espontaneamente confiere poder amplio, general y bastante qual por derecho se requiere y es menester al Sr. En derechos D. Manuel Barba en la villa de Villafranca del Panades residente, aunque ausente paraque por el Señor otorgante y en su nombre pueda parecer y paresca en juicio ante qualesquier audiencias, tribunales, y superiores de Su Magestad asi eclesiasticos como seglares, y en donde convenga y menester sea y allí iniciar, seguir y terminar qualesquiera pleytos o causas activas, o pasivas principales, y de apelación, comensadas y por comensar largamente con el ampllio y acostumbrado curso de ellos, facultades expresas de jurar de calumnia, hacer requirimientos, responder a los que tal vez le fueran presentados, prestar cauciones así juratorias, como de fiaduria, exponer reclamos, instar execuciones, poner embargos y cancellarlos, y hacer todo lo demas que acerca dichos pleytos o causas y su curso se requiera según el estilo de los tribunales donde vertieren sin limitación alguna, y con facultad de que pueda substituir el presente poder una y mas vezes los substitutos, revocar y otros de nuevo nombrar, siempre que le pareciere. Prometiendo estar a derecho, pagar lo juzgado y haver por valido quanto por dicho su apoderado y sus tal vez substitutos fuera obrado, y no revocarlo por motivo alguno, bajo obligación de sus bienes muebles y raizes havidos y por haver y con las renuncias nececsarias. En cuyo testimonio así lo otorga y firma (conocido del infro escrivano) en la ciudad de Barcelona a los veinte y seis de Octubre de mil ochocientos ocho. Siendo presentes por testigos Antonio Juliá y Antonio Grases escrivientes en la misma residentes.
Antonio Buenaventura Gassó, Ante mi Josef Maria Odena notario.