Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES PARA CONTRAER MATRIMONIO DE ALEJANDRO LANTI, CON EULALIA ROMAÑA, DADOS A PABLO FELIX GASSÓ Y AROLAS.


Sepase por esta publica escritura. Como D. Alexandro Lanti vezino y del comercio de la ciudad de Barcelona, de estado soltero, natural de Macuguaga Obispado de Novara en Italia, hijo legitimo y natural de D. Lucas Leopoldo Lanti y de Da. Cataluna Lanti y Frezza consortes, difuntos. De mi libre alvedrio, y cierta ciencia otorgo, que doy todo mi poder cumplido, tan bastante como de derecho se requiere, y es necesario, de modo que la especialidad no derogue a la generalidad ni esta a aquella al Dr. D. Pablo Felix Gassó y Arolas comerciante matriculado vezino de dicha ciudad de Barcelona, aunque ausente. Paraqué mediante las devidas licencias que tengo ya imperadas del legitimo Superior Eclesiastico. Pueda en nombre mio, y en representacion de mi persona, contraer legitimo matrimonio por palabras de presente, según el Ritu, y ceremonia de Nuestra Santa Madre la Iglesia Catolica Apostolica Romana, con la persona, de Da. Eulalia Romaña, y de Gispert doncella natural de dicha ciudad de Barcelona, hija legitima y natural de D. Jayme Romaña y de Da. Maria Josefa Romaña y de Gispert consortes, difuntos, vecinos que fueron de la precitada ciudad de Barcelona. Dando y aceptando solemnemente el mismo consersu, según lo dispuesto por el Santo Consilio Tridentino, y Sagrados Canones, como también pueda el proprio mi apoderado en representación de dicha mi persona asistir a la Sacrosanta Missa de velamen que consequente a la efectiacion de dicho desposorio debe celebrarse. Que para todo lo referido con lo insidente, y dependiente de ello confiero al nombrado mi Señor apoderado el mas amplio, y general poder, sin limitación ni restricción alguna, de modo que por falta de clausula y requisito no deje de eectuarse el predicho matrimonio, y velamen. Pues esta, y aquella desde ahora entiendo conferir al dicho Señor apoderado mio. En cuyo testimonio así lo otorgo en el pueblo de Sant Vicente de Sarriá a quatro días del mes de Mayo, año del Nacimiento del Señor mil ochocientos, y catorce. Siendo presentes por testigos Jayme Rigalt y Alberch practicante la facultad de notaria publica, y Pau Costa jove pagés habitant en dit poble.
Alexandro Lanti, En poder de mi Jayme Rigalt y Estrada notario escribano, que doy fe conozco al Señor consitiente.