Saga Bacardí
08526
ESCRITURA DE PROTESTO DE DOS CAMBIABLES DE GARCIA CONTRA LAS MERCANTILES GASSÓ & Cia.


En la ciudad de Barcelona a diez de Junio de mil ochocientos quince. Ante mi el notario y testigos D. Antonio Buenaventura Gassó socio de la razón de A.B. Y P.F. Gassó & Cia. Del comercio de esta ciudad dixo, que se hallaba con encargo de procurar la aceptación de las dos letras primeras de cambio del tenor siguiente.
Roma a di 13 Maggio 1815. Per pezzi 800, effetivi a mesi quatro data (pagate per questa prima di cambio all'ordine S.P. Del Signor Francisco Maria Garcia, pezzi pri ottocento effetivi valuta cambiata al medesimo, ponete a mio debito come vi si avvisa. Addio.= Salvador García.= Alli Signori de Larrand & Cia. Barcellona, prima.
E per me alli odrine S. P. del Signor Giovanni Tajella e Figli valuta cambiata. Roma 15 Mayo 1815.= Francisco Maria García.
E per noi al ordine S.P. Del Signor Anton del difuncto Gio Batista Cerrati valuta in canti Roma die tu supra.= Gio Tajella fig.
Roma a di 13 Maggio 1815. Per pezzi forti 700 effetivi.
A mesi quatro data, pagate per questa prima di cambio all'ordine S.P. Del Signor Francesco Maria García pezzi forti settecento effetivi valuta cambiata col medesimo ponete a mio debito come vi si avisa, addio.= Salvador García.= Alli Signori de Larrand & Cia. Barcellona.
E per me alli ordini S.P. Delli Signori Giovanni Tajella & Figlo valuta cambiata. Roma 15 Maggio 1815.=
Francisco Maria García.
E per noi allordine S.P. Del Signor Antonio del difuncto Gio Batista Cerrati valuta in coro Roma die tu supra.= Gio Tajella & Figlo.
Las dos letras concuerdan con las originales y el comparecnte me requirió que las presente a los Señores de Larrand & Cia. Para que las acepten y en su defecto las proteste contra quien haya lugar de todos los cambios, recambios, encomiendas, daños, untereses, costas y demas, que por su falta se originen para su repeticion de quien mas haya lugar, en cuya consecuencia pase luego al escritorio de dichos Señores de Larrand & Cia. Y les hice los prevenidos requirimientos. Y por los mismos, vista dixero que no la aceptan por no tener aviso del librador, y por que lexos de tener fondos del mismo acreditan contra el en la cuenta corriente. Eso contextaron y sin embargo les dexé hecho el oportuno protesto, de que dixeron quedar enterados. Y los requirentes D. A.B. Y P.F. Gassó & Cia. Lo pidieron por testimonio y lo firmaron siendo testigos Josef Dardé y Agustín Sala en esta residentes.
Anton Buenaventura Gassó, Ante mi Francisco Roquer y Simón notario.