Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE, PAGADA POR DURAND, CONTRA LAS MERCANTILES GASSÓ, POR PABLO FELIX GASSÓ Y AROLAS.


En la ciudad de Barcelona a los quatro de Diciembre de mil ochocientos quince. Lorenzo Arderiu, de este comercio, tenedor de la letra baxo inserta, constituydo personalmente junto con Don Pablo Gassó en los estudios del despacho del infro escribano, que se hallan en la calle den Jupí a fin que dicho Señor en su nombre social de A.B. y P.F. Gassó pagase la letra de cambio que es como sigue.=
Paris trese Novembre dix huit cent quinse. B.P. Ples. 561L 3S 15D. A ving jours de date payez par cette premiere de change al’ordre de Monssieure Louis Durand la somme de cing cents seixante une pistolles, trios reaux, dix huit maravedis valeur recue comptants que passerez souvint l’avis de Reugemont & Lubnveng. A Monssieur A.B. et Gassó a Barcelonne, au bessoin chez Mr. Raymond Durand.= Payez al’ordre de Monssieur Fransoice Durand valeur en compte.= Paris le quinse Novembre dix huit cent quinse.= L. Durand.= payez al’ordre de Mensieur Pierre Adevert valeur en compte Perpignan vingt cing Novembre dix huit cent quince.= P. Pon. Du F. Durand, J. Jaume.= Payez al’ordre de Menssieur Arderiu Penas et Cie. valeur reçue comptants Gismgia vingt neuf Novembre dix huit cent quinse.= P.Pr. Aldevert.= J. Aldevert.=
Y vista dicha letra por el expresado Don Pablo Gassó dixo: Que dexaba de pagarla por falta de aviso, por lo que el expresado Lorenzo Arderiu protestó contra dichos Señores Gassó contra del librador, endosante y demás que tenga drecho de todos daños, gastos, perjuicios, intereses, cambios, recambios y demás que por falt de pago se seguirá, y se le pueden seguir. De todo lo que requirió a mi el infro escribano, formase la presente publica escritura, y de ella, a el y demás que convenga entregase copia autentica.
Inmediatamente para el mismo fin de cobrar el importe de la letra arriba inserta, en virtud de la indicación que en ella se halla, paso junto conmigo el infro escribano en las casas de la propia habitación de D. Ramon Duran asi mismo de este comercio, y este presente, quien después de haberla visto dixo: Que mediante el protesto que antecede, y con reserva de los derechos que le corresponden así para honor de la firma de D. Luis Duran otro de mi endosantes, como en efecto la pongo, y confeso el mismo Lorenzo Arderiu haber recibido su importe en dinero metalico y sonante a todas sus voluntades. Por lo que renunciando a la excepción de la cosa no ser así, leyes de la entega y demás de su fabor, no solo firma con el presente apoca, si que también sin evicción ni obligación alguna todo, a fabor de dicho Señor Duran los derechos y acciones que le competen antes de ser satisfecha. La cantidad de la letra. De todo lo que requirió a mi el infro escribano, formase la presente publica escritura, y que de ella a el y demás que convenga entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente conocido del infro escribano, lo firmó, siendo presentes por testigos Ramon Bonany y Josef Vallescá en esta ciudad residentes.
Llorens Arderiu, Ante mi Antonio Ubach y Claris.