Saga Bacardí
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ESCRITURA DE NOTIFICACIÓN A LOS ACCIONISTAS DE FABRICA DE CRISTAL, Y ACERO, ENTRE ELLOS ANTONIO BUENAVENTURA GASSÓ & Cia.


En la ciudad de Barcelona a los veinte y ocho Setiembre de mil ochocientos diez y seis. Ignacio Vilademunt, portero de la Real Audiencia de este Principado, constituydo personalmente en los estudios de mi el infro escribano y mediante el juramento por el prestado en el ingreso de su oficio, ha hecho relación que en el dia de hoy entre las cinco y seis horas de la tarde, a instancia de Melchor Mareca de este comercio, presentó personalmente a Don Buenaventura Gassó las letras citadoras de cuyo original les dexó copia en sus manos. Y habiendo declarado asi mismo, que dexo de notificar dichas letras al Señor D. Felipe Portel por hallarse fuera de esta capital, cuyas letras son como siguen.= Don Josef de Caceres Secretario del Requiestro Señor con exercicio de derechos, Caballero de la Real y distinguida orden Española de Carlos Tercero, Intendente General del Exercito y Reyno de Aragon, Navarra y Provincia de Guipuzcoa, Subdelegado General de todas rentas Reales de dicho Reyno, de sus proprios y árbitros, correos y postas, y de Comercio, Moneda y Minas, Corregidor de la ciudad de Zaragoza y su partido dec dec. A los Señores Intendente General del Exercito y Principado de Cataluña, Subdelegado de todas rentas Reales en el, y Corregidor o Alcalde Mayor de la ciudad de Tortosa en el mismo Principado, a quienes respectivamente será presentado, y se dirige. Hago saber que en el Tribunal de esta Intendencia, y su delegación General de Rentas Reales Fabricas, Comercio, Moneda y Minas, de mi cargo, y su escrivania principal se ha ocurrido con el escrito cuyo tenor, el –o el auto citado son como siguen.= M.I.S. Los accionistas interesados en las Reales Fabricas de cristal, y acero establecidas en el lugar de Utrillas aldea de Montalban, en este Reyno que abaxo firman a VS. exponen que habiéndose formado con Real aprobación una sociedad o compañía cuyo objeto era el fomento de las fabricas de vidrio, cristal, acero establecida en el lugar de Utrillas se empezaron a experimentar varios obstáculos por parte de sus vecinos en la explotacióin de las minas de carbón de piedra, pero habiendo recurrido los socios, Su Magestad se dignó expedir una Real Orden por la qual les concedió todos los privilegios que juzgó precisos para la prosperidad de unas fabricas tan interesantes, y entre otros el de que en todas disputas, o controversias que se suscitasen V.S. pudiese conocer breve, y –cesariamente con intricision de todo otro Tribunal, según consta de dicha Real orden expedida en veinte y siete de Enero de mil ochocientos seis, de que se tomó cuenta, y razón en el mismo año por por la contaduría de este Exercito y Reyno, haviendose vencido estos obstáculos, que se oponían por los vecinos del lugar de Utrillas, en el dia se ha suscitado otro mayor el qual consiste, en la extinción de la Junta a cuyo cargo estaba el Gobierno y Administracion de la mayor parte de los negocios de la compañía por haber muerto tres individuos de la misma de los cinco que la debían componer, según el pacto 17, de la escritura de sociedad aprobada por la Junta General de Comercio, Moneda y Minas. El resultado de esta disolución de la junta, ha sido el estar sus asuntos de algunos aca en un abandono absoluto, pues no siendo fácil convocar a los socios de la lista que presentamos, muchos de los quales se hallan ausentes a largas distancias, no es posible celebrar contratas, y tomar todas aquellas medidas que son urgentísimas para evitar la enminente ruina de unas fabricas tan importantes a la general industria, para evitar todos estos inconvenientes no hemos encontrado otro medio que acudir a V.S. en virtud de las facultades cometidas en dicha Real Orden, y de las que le competen como subdelegado de la junta general de Comercio, Moneda y Minas. En esta atención.= A V.S. Suplicamos que teniendo por presentada la escritura se sirva mandar que dentro el preciso termino de un mes, o para los días del ocho al diez del próximo Octubre se proceda al nombramiento de los cinco individuos que deben componer la junta de Gobierno de la Compañía de la Fabrica de Cristal, Vidrio y Acero del lugar de Utrillas a cuyo fin se junten todos los socios en el parage que V.S. tenga por conveniente para el expresado nombramiento de la junta, notificando esta providencia a los presentes, y despachando la orden correspondiente con inplazamiento en forma a los ausentes comprehendidas todas en la adjunta lista, con apercibimiento de no comparecer les parará el perjuicio que haya lugar en justicia. Zaragoza 31 Agosto 1816.= Juan Asensio por los herederos de Don Mariano Asensio.= Serafin Vicente de Ibari.= Miguel Garin.= Manuel Coleta.= Nazario Mozora.= Manuel Gil y Burillo.= Miquel de Irazeguia.= Zaragoza nueve Setiembre 1816.= Por presentado el escrito, extractado de la escritura de Sociedad de la compañía de accionistas, interesados en las Reales fabricas de cristal y acero establecidas en el pueblo de Utrillas, aldea de la villa de Montalban en el presente Reyno. Se señala el die de Octubre próximo viniente para la junta que ha de celebrarse conforme a los pactos de aquella para el nombramiento de los cinco individuos que deben comparecer la de Gobierno de dicha compañía presidiéndola el Comisario de Guerra de los Reales Exercitos a Don Anselmo Conca de Quinones a quienes haga entender esta elección mediante el oportuno oficio reuniéndose a dicho objeto en las casas habitación de Don Ventura Uteza, vecino de la presente ciudad mediante ser el mismo Director existente de los nombrados anterior a las pasadas circunstancias de guerra e incesion del Reyno, lo que se haga saber a todos los interesados comprehendidos en la relación que se acompaña para su asistencia, por si, o mediante apoderados legitimos que los representen, librándose a este objeto por los que no residen en esta ciudad los convenientes despachos. Lo manda y firma el Señor Don Josef de Caceres Intendente General del Exercito y Reyno de Aragon, Subdelegado General de todas rentas Reales en el mismo de que certifico.= Caceres.= Mariano Naharra. En su consignación, para que tenga el debido efecto libro en presente, por el qual en nombre de Su Magestad, cuya Real jundicion subdelegada exerto, experto y requiero a V.S.S. y en el mio pido, y encargo que siéndole presentada se sirva acetarle y acordando su cumplimiento mandar que por escribano publico de Su Magestad se notifique y haga saber el auto de parte del arriba inserto a Don Felipe Portel Comisario de Guerra de Barcelona, a Don Buenaventura Gassó & Cia. vecino de la misma, a Don Pedro Ricardo y Don Josef Antonio Navas vecinos de la misma de Tortosa, interesados accionistas en las Fabricas de Cristal y Acero establecidas en el pueblo de Utrillas, aldea de la villa de Montalban en el presente Reyno a fin de que por si o mediante apoderados legitimos que los representen comparezcan en esta ciudad el dia diez de Octubre próximo viniente que es el señalado para celebrar la junta general de nombramiento de los cinco individuos que deben componer la de gobierno de la enunciada compañía a hora de las quatro de su tarde en la casa habitación de Don Ventura de Ateza individuo director existente único de los nombrados anterior a las pasadas circunstancias de Guerra e invasiones de este Reyno; en el concepto que no verificándolo según dicho es llegado el citado dia, y hora se pasará a realizar el referido nombramiento con sola la asistencia de los individuos accionistas concurrentes sin mas citación ni emplazamiento extendiéndose a continuación las convenientes diligencias de intima, notificación y demás que al intento se practiquen, se devolverá a la parte que lo presentare para que lo produzca en este mi tribunal, y conste de las mismas para los convenientes efectos indicados. En servirse V.S.S. aceptarle y mandar así administraran justicia, y ya ofrezco hacer otro tanto, y mas siempre que igual forma lo soliciten. Dado en la ciudad de Zaragoza a veinte de Setiembre de mil ochocientos diez y seis Josef de Caceres. Por mandado de Su Señoria Mariano Naharra y Lasala. De todo lo que el citado Ignacio Vilademunt requirió a mi el infro escribano firmase la presente publica escritura y que de ella a el y demás que convenga entregase copia autentica, lo que fue hecho en dicha ciudad de Barcelona en la fecha arriba indicada. Y dicho requirente, conocido del infro escribano lo firma. Siendo presentes por testigos Don Jacinto Soler, y Francisco Huguet en esta ciudad residentes.
Ignacio Vilademunt, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.