Saga Bacardí
08591
ESCRITURA DE PODERES PARA CONTRAER MATRIMONIO DE ALEJANDRO LANTI, HACIA PABLO FELIX GASSÓ Y AROLAS.


Sepase por esta publica escritura. Como D. Alexandro Lanti vezino y del comercio de la ciudad de Barcelona, de estado soltero, natural de Naruguaza Obispado de Novara en Italia, hijo legitimo y natural de D. Lucas Leopoldo Lanti, y de Da. Catalina Lanti, y Frezza consortes, difuntos. De mi libre alvedrio, y cierta ciencia otorgo que doy todo mi poder cumplido, tan bastante como de derecho se requiere y es necesario, de modo que la especialidad no derogue a la generalidad no esta a aquella al Dr. D. Pablo Felix Gassó y Arolas comerciante matriculado, vezino de dicha ciudad de Barcelona, aunque ausente. Paraqué mediante las debidas licencias que tengo ya impetradas del legitimo superior Ecclesiastico. Pueda en nombre mio, y en representación de mi persona, contraer legitimo matrimonio por palabras de presente, según el ritu, y ceremonia de Nuestra Santa Madre la Iglesia Catolica Apostolica Romana, con la persona de Da. Eulalia Romaña y de Gispert doncella natural de dicha ciudad de Barcelona, hija legitima y natural de D. Jayme Romaña y de Da. Maria Josefa Romaña y de Gispert consortes difuntos vecinos que fueron de la precitada ciudad de Barcelona. Dando y aceptando solemnemente el mismo consensu, según lo dispuesto por el Santo Consilio Tridentino, y Sagrados Canones. Como también pueda el proprio mi apoderado en representación de dicha mi persona, asistir a la Sacrosanta Missa de Velamen que consequente a la efectuación de dicha o desposorio debe celebrarse. Que para todo lo referido con lo insidente y dependiente de ello confiero al nombrado mi Señor apoderado el mas amplio, y general poder sin limitación ni restricción alguna, de modo que por falta de clausula u requisito no deje de efectuarse el predicho matrinomio, y velamen. Pues esta, y aquella desde ahora entiendo conferir al dicho Señor apoderado mio. En cuyo testimonio así lo otorgo en el pueblo de San Vicente de Sarriá a quatro días del mes de Mayo año del Nacimiento del Señor mil ochocientos, y catorce. Siendo presentes por testigos Jayme Rigalt y Alberch, pracantes de la facultad de notaria publica, y Pau Costa jove pages hatitant en dit poble.
Alexandro Lanti, En poder de mi Jayme Rigalt y Estrada notario escribano, que doy fe conozco al Señor constituiente.