Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA ERASMO DE JANER, POR SU HERMANA MARIA DE JANER Y DE GÓNIMA.


En la ciudad de Barcelona a primero de Mayo de mil ochocientos treinta. Ante mi el notario infro y testigos que se citarán Da. Maria Gassó y de Janer consorte de D. Pablo Felix Gassó, Secretario de la Real Junta de Comercio de este Principado haciendo esta cosas de consentimiento y voluntad del espresado su marido. Espontaneamente otorga y concde que da todo su pdoer cumpliudo, libre, lleno, especial y bastante cual de derecho se requiere y es menester a D. Erasmo de Janer y de Gónima del comercio de esta plaza su hermano ausente, a este acto paraque por la Señora otorgante en representación de su persona, voz, accion y derecho pueda comparecer y comparezca ante el Tribunal Real de Comercio de esta ciudad y su partido y en meritos de los autos de concurso de acreedores de las razones sociales de A.B. Y P.F. Gassó en demanda del dote y esposalicio y demas derechos dotales que la corresponden en los bienes de aquellos a cuyo fin concurra a todas las juntas que de los mismos acreedoress s tengan por disposición del Señor juez comisionado de otro superior o de voluntad de los interesados y allí dar su voto y parecer acerca la regalarizaciçon del sindicato, y demas objetos propisocione sy promesas que se hagan siguiendo la defensa del derecho de la otorgante en meritos del referido concurso y de las piezas separadas que de el se hallan formadas o se formaren activa y pasivamente en lo principal y en la apelación largamente, con el acostumbrado curso facultad expresa de jurar de calimnia, decision y sipletorio prestar cauciones juratorias y fidejusorias, exponer reclamos, instar execuciones embargos y desembargos, hacer requirimientos y protestas y todo lo demas que acerca lo referido su annexo y dependencia se requiera segune stilo de los tribunales en donde vertierra sin limitación alguna. Con facultad de substituir revocar los substitutos, y otros nobmras. Y generalmente acerca lo referido practicar lo mismo que la Señora otorgante haria presente siendo. Prometiendo estar a derecho, pagar lo juzgado, y haber por valedero cuanto por dicho apoderado y sus tal vez substitutos fuere executado, bajo obligación de sus bienes con las renuncias necesarias. Y presente el nombrado D. Pablo Felix Gassó consiente y aprueba este poder como a practicado de su concentimiento. Y conocidos de mi el notario firman siendo testigos D Benito de Teyxeiro y Jayme Ortega escribientes en esta residentes.
Maria Gassó y Janer, Pablo Felix Gassó, Ante mi José Dardé notario.