Saga Bacardí
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ESCRITURA DE RECONOCIMIENTO POR VENTA ENTRE RENAT Y JOVELL, HACIA JOAQUIN CASTAÑER Y MOLET.


En la ciudad de Barcelona a diez y siete de Octubre de mil ochocientos cincuenta y siete. Sepase como D. Antonio Renat y Sastre del comercio, natural y vecino de esta ciudad, de su espontanea voluntad confiesa y reconoce a D. Joaquin Castañer del comercio de la misma, que por titulo de venta perpetua a su favor otorgada por Domingo Jovell y Frexas albaññil, natural de Monclar y vecino de esta ciudad ante el notario de la misma D. Monserrate Corominas a veinte y cinco de Agosto ultimo tiene y posee una casa compuesta de bajos con su huerto y jardín contiguos a la misma, con todas sus entradas y salidas, derechos, honores y servidumbres a la misma inherentes sita en la calle de San José del pueblo de San Gervasio, cuyo terreno donde se halla construida dicha casa huerto y jardín es parte de mayor extensión que el Señor de Castañer estableció a Jovell con escritura recibida ante el infro notario en el dia nueve de Abril de mil ochocientos cincuenta y seis, conteniendo el terreno adquirido por el otorgante a oriente doscientos diez y nueve palmos; a mediodía treinta y dos; a poniente cuatrocientos doce; y a cierzo ochenta y seis y linda a oriente con otra casa de Jovell; a mediodía con la calle de San José; a poniente con la de San Joaquin; y a cierzo con D. Antono Xuriguer. Se tiene el todo de la porción de terreno adquirido por Jovell en virtud del establecimiento que se ha citado por el repetido Señor D. Joaquin Castañer al censo de cuarenta y seis duros con todo su dominio anualmente pagadero en el dia de Navidad con prohibición de poner dominio alguno de cuyo censo el Señor otorgante en fuerza de lo estipulado en la escritura de venta de que se ha hecho merito deberá pagar directamente al Señor de Castañer----------------cuarenta y dos duros anuales en moneda de oro y plata, con exclusión de calderilla y toda clase de papel, sin------------------------------quedar la totalidad del censo, entrada sobre el todo del terreno establecido y edificio en el mismo construido------. En cuyo testimonio y advertidos por mi el notario de los decretos vigentes sobre hipotecas lo otorga y firma, siendo testigos D. Jaime Samsó y D. Pablo Mayoral de esta vecindad.
Antonio Renart y Sastre, Ante mi Fernando Moragas y Ubach notario.