Saga Bacardí
08867
ESCRITURA DE VENTA HACIA CLARIANA POR JOAQUIN CASTAÑER Y MOLET.


En la ciudad de Barcelona a nueve de Setiembre de mil ochocientos cincuenta y ocho. Sepase como Manuel Gañan y Samis maestro sillero de enea natural de Otiel provincia de Castilla la Vieja y vecino de esta ciudad, de su espontanea voluntad confiesa y reconoce al Señor D. Joaquin Castañer propietario natural y vecino de esta ciudad que por titulo de ventas perpetuas otorgadas a su favor por Francisco Clariana y Jané natural de la villa de Gracia y vecino de San Gervasio en los días seis de Noviembre de mil ochocientos cincuenta y siete y nueve de Enero de mil ochocientos cincuenta y ocho, tiene y posee en primer lugar una casita compuesta solamente de bajos con su patio o huerto al detrás de ello contiguo que es la segunda de aquellas cuatro casitas que Clariana construyó en un pedazo de terreno de noventa palmos de ancho y doscientos de profundidad que el propio D. Joaquin Castañer le estableció con escritura recibida ante el infro notario en el dia catorce de Noviembre de mil ochocientos cincuenta y cuatro, y linda a oriente con la Riera de gracia; por mediodía con el otorgante; por poniente con la calle Baja de la Virgen del pueblo de San Gervasio; y a cierzo con Antonio Hotí, y en segundo lugar otra asita al lado de la anterior de tenida de ancho tres cuartos de solar y de profundidad doscientos palmos que es la tercera de las cuatro casitas edificadas en el terreno de que se ha hecho merito; que linda a oriente con la Riera de gracia; a mediodía con Juan Fabregas a poniente con la calle Baja de la Virgen de San Gervasio; y a cierzo con la casita designada en primer lugar. Dichas casitas junto con las otras dos del lado y terreno con que se hallan edificadas se tienen en dominio y alodio directo de dicho Señor D. Joaquin Castañer al censo de veinte y siete libras catalanas todos los años pagaderas en el dia de Navidad según es de ver de dicha escritura de venta a que se remite. En cuyo testimonio conocido de mi el notario lo otorga y no lo firma por haber expresado no saber, lo hace por el de su consentimiento y voluntad uno de los testigos D. Francisco Miquel y D. Jaume Samsó de esta vecindad.
Jaime Samsó testigo, Ante mi Fernando Moragas y Ubach notario.