Saga Bacardí
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ESCRITURA DE RECONOCIMIENTO DE LOS MORAGAS DE CENSO IRREDIMIBLE HACIA MANUEL SAGNIER Y NADAL.


D. Pedro Moragas y Batlle fabricante de almidon, y Da. Josefa Magrans consortes, naturales y vecinos de esta ciudad espontáneamente confiesan y reconocen a Da. Rosa Nadal y Dodero, viuda en terceras nupcias de D. Erasmo Gassó y a D. Manuel Sagnier y Nadal madre e hijo naturales y vecinos de la misma en la calidad de usufructuaria y propietario respective. Que por titulo de venta perpetua hecha a su favor por D. Francisco Botey y Riba lampista, recibido por ante el subscrito notario en veinte y uno de Noviembre del año ultimo, tienen y poseen todo aquel terreno de estension nueve mil cuatrocientos setenta y dos palmos superficiales en el cual en el dia hay edificada una casa sita en la calle de la Luna de la presente ciudad. Todo lo cual se tiene en dominio mediano de dichos Señores madre e hijo Nadal y Sagnier en los nombres referidos al censo de mil ochocientos cuarenta y siete reales irredimibles y liquidos de contribuciones a que ha quedado reducido no solo en virtud de la escritura de restitución de otro terreno que estaba unido al predicho, recibida ante el infrascrito notario en diez y seis de Enero de dicho año ultimo, si que también en fueza de la nueva rectificación y mediación de este. Cuyo censo es pagadero anualmente por mitad en veinte y cuatro de Junio y veinte y cuatro de Diciembre. Y dicho terreno y casa es parte de un huerto que ecsistia en la calle de Ferlandina de la presente ciudad el cual se tiene por la Pia Almoyna de la Santa Iglesia de esta ciuda o por el beneficio de San Silvestre a ella unido y bajo su dominio y alodio al censo d edos morobatines de valor nueve sueldos cada uno pagadero en el dia o fiesta de Nuestra Señora del mes de Setiembre. Linda dicha casa o terreno por oriente con la calle de la Luna; por mediodía con D. José Campderrós; por poniente con D. Erasmo de Janer y de Gónima; y por cierzo con los consortes José Pal y Antonia Canonge. Afirmando como afirman y juran voluntariamente ser verdaderas todas las referidas cosas. En testimonio de las cuales así lo firman conocidos del infrascrito notario en la ciudad de Barcelona a veinte y uno de Octubre del año mil ochocientos cincuenta y seis. Siendo testigos D. Andres Bes y D. Ramon Samsó de esta vecindad.
Pedro Moragas, Pepa Moragas y Mogarans, Ante mi Jaime Rigalt y Alberch notario.