Saga Bacardí
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ESCRITURA DE APERTURA DE TESTAMENTO DE JOAQUIN CASTAÑER Y MOLET.


En el nombre del Señor, amen. Yo D. Joaquin Castañer y Molet, propietario, natural y vecino de esta ciudad, hijo legitimo y natural de D. José Castañer y de Da. Eleonor Molet, consortes, difuntos. Hallandome convalenciente de una enfermedad que he padecido, pero con todo mi entendimiento y claredad de potencias, apto y capaz para disponer de mis bienes, hago este mi testamento del cual elijo en albacea y del mismo egecutara a mi aprediada esposa Da. Consuelo de Moragas; a la cual doy pleno poder y facultad para cumplir este mi testamento conforme hallará ordenado.
Dejo a disposición de dicha mi amada esposa y albacea el funeral y demás pios sugragios, celegradero para descanso de mi alma, y demás de mi obligación.
Dejo y lego a mi ahijado D. Augusto Ortembach la cantidad de mil duros por una sola vez.
Dejo y lego a D. Julio Parellada igual cantidad de mil duros por una sola vez pagaderos cuando legue a su mayor edad.
Dejo y lego a D. Felipe Gobhark la cantidad de mil duros por una sola vez.
Dejo y lego a mi criado Antonio Crespo cien duros por una sola vez.
Dejo y lego al otro criado José Fernandez cien duros por una sola vez.
Dejo y lego a los pobres de la Casa de la Misericordia de esta ciudad, mil duros por una sola vez, con encargo de rezar para el descanso de mi alma.
Perdono a D. Salvador Bruno Aymar las cantidades que me está adeudando.
En los demás bienes mios muebles o inmuebles presentes y futuros derechos y acciones, instituyo en heredera mia universal a la referida mi apreciada esposa Da. Consuelo de Moragas, a todas sus libres voluntades.
Recomiendo a mi heredera que en el caso que cuando suceda mi muerte viniere mi hermana Da. Eleonor, le entregue los retratos de mis Señores padres y hermanos como a una memoria mia. Revoco y anulo con el presente cualesquiera testamentos y demás especies de ultima voluntad por mi hechos hasta el dia, aunque en ellos hubiera palabras derogatorias de que tuviere de hacerse mención, pues de ellas me arrepiento, y quiero que este prevalga a los demás.
Hecho y otorgado fue este mi testamento en mi casa habitación situada en la Plaza de la Cucurulla de esta ciudad de Barcelona a los veinte y ocho días del mes de Mayo de mil ochocientos cincuenta y ocho, siendo presentes por testigos llamados y rogados por boca propia del testador D. Andres Ribell y el Dr. D. Ramon Yañez facultativos de esta vecindad, los cuales han afirmado que el Señor testador durante la otorgación del presente, estaba en sano juicio y apto para testar. Y el Señor testador, conocido de los notarios autorizantes, lo firman con los testigos.
Joaquin Castaner, Andres Ribell testigo, Ramon Yañez testigo, Fernando Moragas notario.