Saga Bacardí
08971
ESCRITURA DE ENTREGA DINERAL POR CONSUELO DE MORAGAS A LOS GASSÓ Y NADAL.


En la ciudad de Barcelona a doce de Diciembre de mil ochocientos cincuenta y nueve. Sepase como los Señores Da. Rosa Nadal viuda de D. Erasmo Gassó natural y vecina de esta ciudad, D. Pablo Felix Gassó y D. Erasmo Janer y de Gónima, vecinos de esta dicha ciudad en la calidad de curadores de Da. Julia y Da. Joaquina Gassó y Nadal y de tutores de D. Erasmo Gassó y Nadal hijos comunes del difunto D. Erasmo y Da. Rosa Nadal, comparecieron ante el infro notario y testigos y dijeron. Que con escritura recibida ante el dicho infro notario en dia diez y nueve de Febrero de este año Da. Consuelo de Masaguer (error, Moragas) y de Quintana viuda de D. Joaquin Castañer natural y vecina de esta ciudad en la calidad de heredera de su difunto esposo hizo donación a Da. Julia, Da. Joaquina y D. Erasmo Gassó y Nadal de la cantidad de doce mil libras catalanas las cuales dijo entregaría en tres plazos a saber, cuatro mil libras por todo el presente año, cuatro mil libras por todo el año próximo de mil ochocientos sesenta, y las restantes cuatro mil libras por todo el año mil ochocientos sesenta y uno cuyas entregas se harian a los Señores comparecientes en la calidad otorgan esta escritura para que las prestasen a redito con garantía a satisfacción de los mismos distribuyendo su producto por mitad a los donatarios y a su abuelo D. Pablo Gassó y Arolas durante su vida, entregándose el capital respectivamente a Da. Julia, Da. Joaquina y D. Erasmo Gassó y Nadal al llegar a la edad de veinte y cinco años o antes al que contragese matrimonio con la espresada condición de dar la mitad de deditos a su abuelo D. Pablo. Dijeron igualmente que habiendoles manifestado la Señora Da. Consuelo de Moragas y de Quintana de Castañer que quería hacerles la entrega del primer plazo y estando los Señores otorgantes conformes a recibirla, los mismos Señores Da. Rosa Nadal de Gassó, D. Pablo Feliz Gassó y D. Erasmo Janer y de Gónima en la referida calidad de curadores de las Señoras Da. Julia y Da. Joaquina Gassó y de Nadal y de tutores de D. Erasmo de Gassó y Nadal de su espontanea voluntad confiesan y reconocen a dicha Señora Da. Consuelo de Moragas que en moneda metálica y sonante a todas sus voluntades a presencia del notario y testigos nombraderos les ha pagado y satisfecho la cantidad de cuatro mil libras catalanas, que son y sirven a los otorgantes a cuenta de las doce mil libras de la donación de que se ha hecho merito y a cuya cantidad darán la aplicación dispuesta por la Señora donadora. Por lo que renunciando a la excepción de la cosa no ser así, y demás leyes y derechos de su favor firman la presente carta de pago. En cuyo testimonio conocidos los Señores otorgantes de mi el infro notario lo otorgan y firma, siendo testigos D. Francisco Giro y D. Francisco Miguel, de esta vecindad.
Rosa Nadal de Gassó, Pablo Felix Gassó, Erasmo de Janer y de Gónima, Ante mi Fernando Moragas y Ubach notario.