Saga Bacardí
09021
ESCRITURA DE DOMINIO POR VENTA ENTRE GURRI Y AGRAMONTE, HACIA ROSA NADAL Y DODERO.


En la ciudad de Barcelona a treinta de Setiembre del año mil ochocientos cincuenta y dos. Los Señores consortes D. Erasmo Gassó y Da. Rosa Nadal naturales y vecinos de la presente ciudad, en calidad el primero de usufructuario durante el matrimonio y la segunda de propietadia, espontaneamente firman por razón de dominio la venta perpetua otorgada por D. Juan Gurri y Calvet a favor de D. Francisco Agramonte en calidad de socio administrador y director y gerente de la sociedad de Luis Boussac, Agramonte & Cia. Primero de una pieza de tierra de tenida nueve mojadas y una cuarta, sita en el territorio de esta ciudad y lugar llamado “Marge Gros”, junto con los edificios en ella construidos. Segundo y finalmente, todo aquel censo de pension cuarenta y cinco libras que todos los años prestaba a dicho Gurri D. Juan Granell por razón de una pieza de tierra de una mojada sita en dicho parage. Cuyas dos piezas se tienen en dominio mediano de los Señores consortes otrogantes al censo hoy dia de doscientas libras francas de corresponcion y antes de cuatrocientas conforme por estenso se esplica en la venta pasada en poder del infro notario autorizante en el dia quince de los corrientes. Los censos, laudemios y demas derecnos dominicales debidos y no pagados siempre salvos, declarando recibir solamente nueve sueldos por derecho de firma y de que otrogan la presente carta de pago. Y así lo firman (conocidos del infro notario) en dicha ciudad de Barcelona dia, mes y año arriba notados. Presentes por testigos D. José Gibelly y D. José Oriol Generes de esta vecindad.
Rosa Nadal de Gassó, Erasmo Gassó, Ante mi Luis Gonzaga Pallós notario.