Saga Bacardí
09052
ESCRITURA DE PAGO A VISSET, MATAS, SANTALÓ Y SENDIL, POR SUS OFICIOS EN LA CONSTRUCCION DE LA TORRE DE RUPERTO SANTALÓ Y VINYALS.


En la ciudad de Barcelona a cinco de Enero del año mil ochocientos sesenta y uno. D. Miguel Matas, carpintero, natural y vecino del pueblo de San Gervasio. D. José Sendil cerrajero, D. Pedro Santaló hojalatero, naturales y vecinos de la villa de gracia y D. Juan Visset pintor, natural de Caner de Mar, y vecinos de esta ciudad, respective y espontáneamente confiesan y en verdad reconocen al Señor D. Ruperto Santaló, hacendado, natural y vecino de esta misma ciudad, ausente a este acto, el infrascrito notario por çel presente, aceptando y estipulando, que en el modo que luego s edirá, les ha pagado y satisfecho la cantidad de cuatro mil nueve cientos cincuenta y cinco pesos fuertes y quince reales vellón, que sirven respectivamente a los otorgantes en la proporción siguiente, a saber. En cuanto a tres mil ciento sesenta y seis pesos fuertes y diez y ocho reales vellón, a D. Miguel Matas, en totasl pago y satisfacción de todas las vigas y de toda otra clase de maderas, clavos, cola, tornillos y por todos los jornales y demás materiales de su oficio de carpintero, empleados e impendidos por el propio Matas de orden del predicho Señor D. Ruperto Santaló en la total construcción en cuanto a dicho ramo de carpinteria, de toda aquella casa-torre que el propio Señor Santaló ha mandado edificar en parte de aquella estension de terreno, comprensiva de doce mojadas dos cuartas y tres mundinas, poco mas o menos, sita en el termino del pueblo de San Gervasio del llano de esta ciudad, que le fue establecida por el Señor D. José Jordá y Gelabert del comercio, natural de Valencia y vecino de esta ciudad, con escritura que pasó por ante el infrascrito notario autorizante en el dia diez y ocho de Diciembre de mil ochocientos cincuenta y seis. En cuanto a seiscientos treinta y cinco pesos fuertes a D. José Sendil, por todas las barandas, rejas, gordes y demás piezas de hierro y por todos los jornales y demás materiales de su oficio de cerrajero. En cuanto a quinientos diez y ocho pesos fuertes a D. Pedro Santaló, por los vidrios, tubos, y depósitos de plomo y por todos los jornales y demás materiales de su oficio de hojalatero, y en cuanto a los restantes seiscientos treinta y cinco pesos fuertes y diez y siete reales vellón a D. Joan Visset, no solo por los colores, barnices y por todos los jornales y demás materiales de su oficio de pintod, su que también por pepeles pintados y trabajo de colocarlos, empleados e impendidos respectivamente dichos materiales y jornales por los propios Sendil, Santaló y Visset, de otden del mismo Señor D. Ruperto Santaló, en la sobre indicada casa-torre. El modo del pago de dichos cuatro mil nuevecientos cincuenta y cinco pesos fuertes y quince reales vellón, es que declaran los otorgantes haberlos respectivamente recibdo en la proporción sobre esplicada, del predicho Señor D. Ruperto Santaló en dinero contante y con moneda sonante y metalica, de oro y plata a sus enteras voluntades, antes de la otorgación de esta escritura y en distintas partidas durante la construcción de dicha casa-torre, de cuyas partidas tienen librados varios recibos componentes juntos sus respective cantidades, que quieren vengan comprendidos en esta escritura, a fin de que las mismas no aparezcan dos veces satisfechas. Por lo que renunciando a la excepción del dinero no contado, al termino que la ley prefija para la prueba de su recibo, y a toda otra ley y derecho que favorecerles pueda, otorgan a favor del indicado Señor D. Ruperto Santaló de la cantidad con esta escritura confesada la competente carta de pago, imponiéndose respectivamente por razón de los esplicados materiales y jornales por ellos empleados e impendios en dicha casa-torre, silencio y callamiento perpetuo. En cuyo testimonio así lo otorgan y firman (conocidos del infro notario) en dicha ciudad de Barcelona, dia, mes y año al principio anotados. Presentes por testigos D. Pablo Pallós y D. Miguel Vilarrubla de esta vecindad.
Miguel Matas, José Sendil, Joan Visset, Pedro Santaló, Ante mi Luis Gonzaga y Pallós notario.