Saga Bacardí
09078
ESCRITURA DE LAUDEMIO POR VENTA ENTRE XUFRÉ Y FAURA, HACIA ROSA NADAL Y DODERO.


En la ciudad de Barcelona a catorce de Julio de mil ochocientos sesenta y dos. Ante mi el infrascrito notario del colegio de esta ciudad, residente en ella y testigos que se dirán pareció Doña Rosa Nadal y Dodero viuda de Don Erasmo Gassó, vecina de esta capital y dijo. Que espontáneamente formaba por razón de dominio la venta perpetua otrogada por los tutores y curadores de los hijos de Francisco Xufré a favor de Don José Faura y Canals medico cirujano de esta vecindad de una pieza de tierra campa de pan llevar compuesta de tres porciones de dos mojadas cada una que forman la de ceco, sitas en el termini del Hospitalet y parage nombrado “Las Marinas” contiguas a la casa conocida por “Gotlla”, recibida por ante Don José Antonio de Paz notario a los diez y seis de Febrero del año mil ochocientos cincuenta y dos. Y si bien en la predicha escritura de venta por no tener los documentos a la vista se dijo que solo la primera porción de tierra de dos mojadas se tenia en dominio y alodio de José Font y Monrá al censo de seis libras, diez sueldos pagadero en cierto termino al cual se encargó pagar dicho Señor Faura y que las restantes dos porciones de tierra eran libres y en franco alodio pero la verdad del hecho es que la Señora otorgante tiene en dominio suyo al censo de siete libras pagaderas anualmente en el dia de San Juan del mes de Junio las dos mojadas comprendidas en la tercera porción de terreno que es la que linda por oriente con el hijo de la Señora otorgante Don José Maignon mediante camino; por mediodía con Don Nicolas Letrós; por poniente con Juan Rodés; y por cierzo con dicho Don José Maignon, conforme se justifica con al venta y cesión, que del citado censo hizo Mariano Massana a favor de Don Antonio Nadal y Darrer del cual es habiente derecho la Señora otorgante por medio de su difunto tio Don Antonio Nadal y Vivent recibida por ante Don Carlos Carbonell notario a los catorce de Marzo de mil setecientos ochenta y nueve, Cuyo censo fue impuesto por Marcian Marsana en el establecimiento que hizo a favor de José Domenech según otra escritura recibida por ante Don Pablo Ricos notario en carotce de Julio de mil setecientos veinte y seis, conforme es de ver mas por estenso en todas las citadas escrituras. Los censos, laudemios y demás derechos debidos siempre salvos. Confesando recibir por el laudemio adeudado en razón de la calendada venta una libra catalana hecha especial gracia de lo demás. Siendo testigos Don Ramon Pasqual dependiente del comercio y Don Benaventura Castells maestro zapatero ambos de esta vecindad, a quienes y a la otorgante he leído íntegramente esta escritura por haberlo así elegido despues de advertidos de que tienen el derecho de leerla por si de que doy fe. Y dicha Señora cuya persona y vecindad doy fe conocer lo firma junto con los testigos instrumentales.
Rosa Nadal de Gassó, Ramon Pascual, Buenaventura Castells, Ante mi Jaime Rigalt y Alberch notario.