Saga Bacardí
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ESCRITURA DE ENTREGA DINERAL A CUENTA DE DERECHOS PATERNOS HACIA JULIA GASSÓ Y NADAL.


En la ciudad de Barcelona a veitne y tres de Marzo de mil ochocientos sesenta y cinco. Ante mi el infrascrito notario publico de esta ciudad, vecino de ella y de los testigos que se nombrarán, pareció la Señora Doña Rosa Nadal y Dodero, viuda de D. Erasmo Gassó, de edad cincuenta y cinco años, habitante en esta capital, calle de Aviñó numero treinta, piso prinero, asegurando tener la aptitud legal necesaria para estas cosas, y dijo. Que usando tanto de las facultades que su difunto esposo dicho D. Erasmo Gassó le confirió en su testamento que entregó cerrado en diez de Julio de mil ochocientos cincuenta, al suscrito notario por quien fué abierto y publicado en siete de Noviembre de mil ochocientos cincuenta y cuatro, registrado en la contaduria de hipotecas de esta ciudad al foleo doscientos cuarenta y cuatro del libro cuarenta y tres de esta capital con las inscripciones y notas correspondientes al mismo libro, y al sesto de Sarriá con fecha diez y siete de Enero de mil ochocientos cincuenta y cinco, como por lo que respecta a los que pertenece a la Señora otorgante, y deseanto dar una prueba de carió a su hija Da. Julia Gassó y Nadal consorte de D. Adrian Guilhou y Cabibel, espontaneamente a mas de los trece mil pesos fuertes que por derechos legitimarios paternos señaló y la predicha Da. Julia su hija en las cartas matrimoniales que por razón de su encalce con el referido Señor Guilhou se firmaron ante D. Luis Gonzaga Pallós notario de esta ciudad en cinco de Setiembre de mil ochocientos cincuenta y nueve, registradas en nueve de los mismos mes y año en esta contaduria de hipotecas al foleo doscientos cuarenta y siete del libro cuarenta y tres de esta capital, señala y dá en aumento a la misma Da. Julia Gassó y a cuenta de los que puedan legalmente corresponderle sobre los referidos derechos de legitima paterna, como y también a cuenta de los que le pertenecerán en los bienes de la Señora otorgante, la cantidad de trece mil pesos fuertes, cuya suma le entrega en este acto de que da fe el notario subscrito. Y presente dicha Da. Julia Gassó y Nadal, de edad veitne y cinco años, vecina de la presente ciudad, autirozada para estas cosas por su esposo D. Adrian Guilhou y Cabibel también presente y que abajo firma, asegurando los dos tener la aptitud legal necesaria para este acto, de su espontanea voluntad confiesa y reconoce a su Señora madre Da. Rosa Nadal y Dodero que en efectivo, metalico, de oro y plata en presencia del notario autorizante y de los testigos de este instrumento le ha dado y satisfecho la predicha cantidad de trece mil pesos fuertes, la que acepta por los motivos arriba espresados y de la cual le otoga la mas cabal carta de pago con el rpesente, dando las mas espresivas gracias a su Señora madre. Asi lo otorgan siendo testigos D. Ramon Pasqual y D. Melchor de Milans dependientes de comercio de esta vecindad, a quienes y a los Señores otorgantes he leido integra esta escritura por haberlo así elegido despues de enterados del derecho que tienen de hacerlo por si. Y los propios Señores otorgantes cuyas personas, estado y vecindad doy fe conocer, lo firman.
Rosa Nadal de Gassó, Julia Gassó de Guilhou, Adrian Guilhou, Jaime Rigalt y Alberch.