Saga Bacardí
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ESCRITURA DE AUMENTO DE LEGITIMA DADA A JULIA GASSÓ Y NADAL.


En la ciudad de Barcelona a veinte y tres de Marzo de mil ochocientos sesenta y cinco. Ante mi el infrascrito notario publico de esta ciudad, vecino de ella y de los testigos que se nombrarán, pareció la Señora Da. Rosa Nadal y Dodero, viuda de D. Erasmo Gassó, de edad ciucuenta y cinco años, habitante en esta capital, calle de Aviñó número treinta, piso primero, asegurando tener la aptitud legal necesaria para estas cosas, y dijo. Que usando tanto de las faculdades que su dufunto esposo dicho D. Erasmo Gassó le confirmó en su testamento que entregó cerrado en diez de Julio de mil ochocientos cincuenta al subscrito notario por quien fué abierto y publicado en siete de Noviembre de mil ochocientos cincuenta y cuatro, registrado en la contaduria de hipotecas de esta ciudad al foleo doscientos cuarenta y cuatro del libro cuarenta y tres de esta capital con las inscripciones y notas correspondientes al mismo libro y al resto de Sarriá con fecha diez y siete de Enero de mil ochocientos cincuenta y cinco, como por lo que respecta a lo que pertenece a la Señora otorgante, y deseando dar una prueba de cariño a su hija Da. Julia Gassó y Nadal consorte de D. Adrian Guilhon y Cabibel, espontaneamente a mas de los trece mil pesos fuertes que por derechos legitimarios paternos señalo a la predicha Da. Julia su hija en las cartas matrimoniales que por razon de su enlace con el referido Sr. Guilhon se firmaron ante D. Luis Gonzaga Pallós notario de esta ciudad en cinco de Setiembre de mil ochocientos cuarenta y nueve, registradas en nueve de los mismos mes y año en esta contaduria de hipotecas al foleo doscientos cuarenta y siete del libro cuarenta y tres de esta capital, señalada y dá en aumento a la misma Da. Julia Gassó y a cuenta de los que puedan legalmente corresponderle sobre los referidos derechos de legitima parerna, como y también a cuenta de los que le perteneceran en los bienes de la Señora otorgante, la calidad de trece mil pesos fuertes, cuya suma le entrega en este acto de que dá fé el notario subscrito. Y presente dicha Da. Julia Gassó y Nadal, de edad veinte y cinco años, vecina de la presente ciudad, autorizada para estas cosas por su esposo D. Adrian Guilhon y Cabibel tambien presente y que abajo firma, asegurando los dos terner la aptitud legal necesaria para este acto. De su espontanea voluntad confiesa y reconoce a su Señora madre Da. Rosa Nadal y Dodero que en efectivo metalico de oro y plata en presencia del notario autorizante y de los testigos de este instrumento le ha dado y satisfecho la predicha cantidad de trece mil pesos fuertes, la que acepta por los motivos arriba espresados y de la cual le otorga la mas cabal carta de pago con el presente dando las mas espresivas gracias a su Señora madre. Asi lo otorgan siendo testigos D. Ramon Pasqual y D. Melchor de Milans, dependiente de comercio de esta ciudad, a quienes y a los Señores otorgantes he leido integra esta escritrua por haberlo así elegiro despues de enterados del derecho que tuebeb de hacerlo por si. Y los propios Señores otrogantes cuyas personas, estado y vecindad doy fe conocer, lo firman.
Rosa Nadal de Gassó, Julia Gassó de Guilhou, Adrian Guilhou, Jaime Rigalt y Alberch.