Saga Bacardí
09142
ESCRITURA DE INSCRIPCION DE CENSO DE LOS ROCAFORT A FAVOR DE ROSA NADAL Y DODERO.


En la ciudad de Barcelona a veinte y siete de Abril de mil ochocientos ochenta. Ante mi D. Mariano Thomas y Taxonera, notario publico del colegio de este territorio con residencia en la presente ciudad, comparece el Señor Don. Luis Sagnier y Nadal, abogado y propietario, viudo, mayor de edad y vecino de esta ciudad, según así lo ha acreditado por su cédula personal librada por el Señor Jefe Economico de esta Provincia en once de Enero del corriente año, talón número 188, clase segunda,m comprobada y devuelta, con la cual ha justificado su personalidad, obrando en concepto de apoderado de su Señora madre Da. Rosa Nadal, viuda de D. Erasmo Gassó, mayor de edad, vecino de esta ciudad, según los poderes que le conferió por ante mi el suscrito notario a once de Enero de mil ochocientos sesenta y nueve entre cuyas facultades se hallan las siguientes.= Describir en inventario o formar relaciones de cualesquiera bienes, muebles y raíces y derechos reales continuando todas las circunstancias que previene la vigente ley hipotecaria con todas las aclaraciones y modificaciones que sean del caso en cualquier deferencia que resulte con algún o algunos de los títulos antiguos haciendo que se levantes de ello y suscriba los competentes autos públicados a fin de que aquello en cuanto le pertenezcan queden inscritos a su nombre en el respectivo Registro de la Propiedad.= Concuerda la parte trascrita con su original obrante en mi protocolo de dicho año a que me remito y de que doy fe, asegurando que dichos poceres no le han sido revocados y que tiene, como así lo parece, la capacidad legal necesaria para este acto sin que me conste lo contrario, dice. Que por cuanto con otro auto publico recibido en poder también del suscrito notario a veinte y ocho de Junio de mil ochocientos setenta y uno su Señora madre y principal Da. Rosa Nadal hizo relación de varios censos que percibe a fin de que fuesen inscritos en este Registro de la Propiedad. A tendido a qual del número catroce que el que mas abajo se describirá, se puso en el Registro la nota de que no se practicaba operación alguna por no constar inscrita la finca gravada con el mismno. Atendido a que dicha finca se halla en el dia debidamente inscrita, y si bine no se hace merito en ella de dicha Señora Da. Rosa Nadal de Gassó sin embargo, se consigna en la misma que una de sus designas se tenia por Doña Gertrudis de Peguera y de Rocafort Baronesa de Rocafort, que del censo de que se trata fue causante d dicho su Señora madre y principal en virtud de los títulos que se citarán. Por tanto al efecto de que dicho censo sea inscrito a favor de la espresada Señora Da. Rosa Nadal hace del mismo nueva descripción en la forma siguiente.
Un censo con dominio mediano, firma, fadiga y demás derechos anejos, de pension dos morobatines equivalentes a diez y ocho sueldos, y deducida la corresponcion, quedan liquidos doce sueldos, equivalentes a una peseta, sesenta céntimos, que al tres por ciento es su capital cincuenta y tres pesetas treinta y tres céntimos anualmente pagadera por Navidad del Señor, lo presta en el dia D. Felipe Bonaplata, por razón de una casa señalada de número catorce, antes cinco, y mas antes veinte y seis, y veinte y ocho, situada en la calle de Moncada de esta ciudad, distrito primero, barrio primero, cuartel de oriente, consta de bajos, un primer piso, dos segundos, un tercero y un cuarto, con su terrado, contiene la superficie de coce mil ciento treinta y siete palmos y medio, equivalentes a cuatrocientos cincuenta y ocho metros doscientos diez y siete milímetros, y linda por oriente o frente con la calle Moncada; por derecha o mediodía con los menores de Da. Josefa Casas y Clavell; por izqueirda o cierzo con los herederos del Señor Marqués de Llió; y por espalda o poniente parte con dichos herederos del Señor Marques de Llió, y parte con los sucesores de Jacinto Cortés. Esta casa se compone de dos distintas designas, de las cuales la primera, en la que radica el espresado censo, tiene puerta abriendo en la calle de Mongada, y contiene de largo de oriente a poniente ciento treint ay ocho palmos, equivalentes a veinte y tres metros, setecientos setenta y dos milímetros, y de ancho de mediodía a cierzo veinte y ocho palmos y medio equivalentes a cinco metros quinientos doce milímetros, inclusi el grueso de las paredes, total superficie tres mil novecientos treinta y tres palmos equivalentes a ciento cuarenta y ocho metros, cincuenta y cuatro milímetros. Se tiene junto con la segunda designa por D. Bernardo y D. Marcos de Olives o sus sucesores al censo de pension anual trescientos quince libras. Quien tiene la primera espresada designa por la Señora principal del compareciente, sucediendo por los títulos que se espresarán a Da. Gertrudis de Peguera y de Rocafort, Baronesa de Rocafort y D. Ramon Luis de Peguera, al censo de dos morobatines de valor nueve sueldos, y deducida de estos la infrascrita corresponcion de seis sueldos, quedan liquidos doce sueldos que equivaklen a una peseta sesenta céntmos y su capital al tres por ciento es de cincuenta y tres pesetas, treinta y tres centimos. Y la Señora principal del otorgante lo tiene por la Nacion sucediendo a las Pabordias del mes de Agosto de esta Santa Iglesia al censo de los espresados seis sueldos. La totalidad de la sobre lindada casa se halla inscrita en este Registro de la Propiedad a nombre de D. Gabriel Bonaplata y Masriera al foleo noventa y cinco, del tomo doce de oriente finca número diez y seis con fecha tres Diciembre de mil ochocientos sesenta y tres.
Pertenece el referido censo a la Señora principal del otorgante como heredera de su tio D. Antonio Nadal y Vicent, hacendado, que fue de esta ciudad, por este instituida con su testamento que cerrado entregó a D. Juan Prats notario de Barcelona a diez y seis de Enero de mil ochocientos cuarenta y cuatro, por el cual, fallecido el testador fue publicado en veinte y tres de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y seis, registrado en esta antigua contaduría de hipotecas en nueve de Octubre de mil ochocientos cuarenta y ocho. A dicho D. Antonio Nadal y Vicent pertenecía como heredero de su padre D. Antonio Nadal y Darrer por este instituido con su testamento que cerrado entregó a D. Tomás Gibert notario de Barcelona a tres de Abril de mil ochocientos diez y ocho, que fallecido el testador fié publicado por D. Eudaldo Rovira y Elias, notario que también fue de esta ciudad, a cinco de Mayo de mil ochocientos diez y nueve, y a D. Antonio Nadal y Darrer pertenecía por titulo de venta perpetua a su favor otorgada por los Nobles Señores Da. Gertrudis, y D.Ramon Luis de Paguera con escritura que autorizño D. Tomas Gibert notario de Barcelona a diez y nueve Julio de mil ochocientos dos, registrada en esta antigua contaduría de hipotecas al foleo setenta y cuatro del libro tercero de aquel año. Se advierte que esta relación junto con los testamentos de su causante deben presentarse a las oficinas de liquidación de hacienda Publica de esta provincia dentro treinta días próximos para los efectos que correspondan bajo las penas de la ley e inscribirse en el Registro de la Propiedad de este partido son cuyos requisitos no será admitida en los juzgados y tribunales, ordinarios y especiale, en los consejos y oficinas del Gobierno y no podrá oponerse no perjudicar a tercero sino desde la fecha de su inscripción en el Registro a tenor de las vigentes disposiciones legales hipotecarias.
Asi lo otorga y firma, siendo testigos instrumentales D. Fernando Carbó Dotres, y D. Buenaventura Casanovas y Fernando vecinos de esta ciudad quienes también firman. A todos he leído íntegramente esta relación antes de su firma por haberlo así elegido después de enterados de su derecho a leerla por si de todo lo que doy fe, y de conocer al Señor otorgante, su posicion, profesión y vecindad.
Luis Sagnier y Nadal, Fernando Carbó Dolers testigo, Buenaventura Casanovas testigo, Mariano Thomas.