Saga Bacardí
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ESCRITURA DE VENTA DE CASA EN SAN GERVASIO DE CASOLAS, A TORT, POR MARIA DE LA CONSOLACION DE MORAGAS Y QUINTANA.


En la ciuidad de Barcelona a ocho de Octubre de mil ochocientos noventa. Ante mi Don José Ferrer y Bernadas, abogado, notario del Ilustre Colegio del territorio de la Audiencia de esta ciudad, con residencia en la misma y testigos que se nombraran, han comparecido la Excelentisima Señora Doña Maria de la Consolacion de Moragas y de Quintana, Marquesa de Moragas, de cincuenta y cuatro años de edad, viuda, propietaria, y el Señor Don Francisco Javier Tort y Martorell, mayor de veinticinco años de edad, casado, abogado de este Ilustre Clegio, los dos vecinos de la presente capital, según sus cédulas personales, que sexhiben respectivamente, de clases primera y novera, expedidas por la administración de contribuciones de esta provincia, en veintiséis de Agosto del corriente año y nueve de Agosto del próximo pasado, con los números diez y doscientos cuarenta y tres. Y hallándose los citados Señores comparecientes, a mi juicio, con la capacidad legal necesaria para otorgar esta escritura, dicen: Que la Excelentisima Señora M.arquesa de Moragas firma por razón de dominio la venta perpetua que en nueve de Agosto ultimo, el Señor Don Francisco Melero y Gimeno, juez de primera instancia del distrito de la Universidad de la presente capital, en ausencia y rebeldía de los herederos de Doñá Matilde Diez y Hermida, otorgó a favor del Señor Don Francisco Javier Tort, por precio de veintidós mil trescientas cincuenta y cuatro pesetas, sesenta y siete centimos, y ante el infrascrito notario, de toda aquella casa torre señalada con el número tres de la calle del Putxet del pueblo de San Gervasio de Cassolas, compuesta de sotanos, planta baja, con distribuciones para vivienda, desban y cubierta de terrado, con una porción de terreno inmediata a la misma finca, en la que existe un gran deposito de agua dispuesto para lavadero, tres pozos, un pequeño lago y otros depósitos de agua. La casa-torre contiene la superficie de cuatro mil setecientos palmos, junto con el cuerpo posterior, en el que existe la cocina, y la cuadra y cochera ocupan la supericie de dos mil quinientos palmos. Y todo ello, juntamente con el restante terreno, que está destinado a jardines, arroja una cabida de sesenta y dos mil doscientos diez y ocho palmos, equivalentes a dos mil trescientos cincuenta metros, cincuenta y un decímetros, cuadrados,lindante, también en junto, por norte con Don José Mangal, mediante un camino, antes parte con Don Manuel Soler y parte con Don Agustin Roca, mediante camino; a mediodía con la calle del Putxet, antes dicho Soler, también mediante camino; por oriente con Don Jaime Roldós, antes Don Pablo Roger; y por poniente con Don Felipe Bertran, sucesor de Don José Bertran y Ros. El desluindado inmueble se tiene por la misma Señora Doña Maria de la Consolacion de Moragas, derecho-habitante de su difunto Señor esposo Don Joaquin de Castañer, al censo con dominio directo, de pension actual ochenta y siete libras, equivalentes a doscientas treinta y tres pesetas, su capital al tres por ciento siete mil setecientas treinta y tres pesetas, treinta y tres centimos, pagadera por mitad en los días veinticinco de Junio y de Diciembre.
La Señora Marquesa de Moragas firma carta de pago al Señor Don Francisco Javier Tort de la cantidad de quinientas cincuenta y ocho pesetas, noventa y siete centimos, que del mismo recibe en este acto y a presencia de los infrascritos notario yu testigos, en buena moneda, metalica y billetes del Banco de España, que admite al igual que aquella, cuya suma sirve a la propia Señora de Moragas en completo pago del laudemio, a razón del dos y medio por ciento del precio de la calendada venta, y en su consecuencia, promete nada mas pedir en meritos del indicado concepto en tiempo ni por motivo alguno., deviendo hacer constar que si bien en la repetida escritura de venta de la referida finca, consta que el precio de la misma es de treinta mil ochenta y ocho pesetas, debe entenderse este reducido a la indicada suma de veinteidos mil trecientas cincuenta y cuatro pesetas, sesenta y siete centimos, ya que, según se confiesa en la propia escritura, debe deducirse la cantidad de siete mil setecientas treinta y tres pesetas., treinta y tres centimos, capital del relacionado censo.
El Señor Don Francisco Javier Tort acepta esta escritura en los términos en que se halla concebida.
Se advierte que la primera copia de la misma ha de presentarse dentro del termino legal a esta oficina de liquidación del impuesto de derechos reales y trasmisión de bienes para el pago de los derechos adeudados a la Hacienda Pública, y al Registro de la Propiedad que proceda, para la oportuna nota al margen de la inscripción producida por la venta de referencia, a los efectos y bajo las sanciones legales.
Así lo otorgan la Excelentisima Señora Marquesa de Moragas y el Señor Don Francisco Javier Tort, siendo testigos Don Miguel Ugalde y Varela, y Don Antonio Creus y Busoms, vecinos de esta ciudad, a todos los cuales he leído íntegramente este instrumento, a su elección, advertidos antes de su derecho de hacerlo por si, excepto el Señor Tort, en razón a su profesión. Y del conocimiento de los Señores otorgantes, quienes firman con dichos testigos, y de todo lo contenido en esta escritura, yo el notario, doy fe.
La Marquesa de Moragas, Javier Tort y Martorell, Miquel Ugalde, Antonio Creus, José Ferrer.