Saga Bacardí
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ESCRITURA DE COMPROMISO DE PAGO HACIA NODBECK, POR ERASMO GASSÓ Y NADAL.


En la ciudad de Barcelona a dos de Marzo de mil ochocientos noventa y cuatro.
Ante mi Don Canal y Soler, notario del Ilustre Colegio de dicha ciudad, con residencia en la misma, comparecen Don Erasmo Gassó y Nadal, de cuarenta y cinco años, casado, del comercio y vecino de esta capital, y Don Ernesto Nodbeck y Arnolson, de veinte y cinco años, soltero y de la misma vecindad y profesión que el anterior, según resulta de sus respectivas cédulas personales de números novecientos once y mil sesenta y cuatro, clases octava y séptima, libradas en treinta de Noviembre y once de Enero últimos, quienes asegurando tener, como a mi juicio tienen, capacidad legal para este acto, dicen.
Que Don Erasmo Gassó y Nadal reconoce deber a los Señores F.A. Sarg’s Johne & Cia. de Viena y en su nombre y representación a los Señores Nordbeck & Cia. y a Don Ernesto Nordbeck la cantidad de mol trescientas cincuenta y cinco pesetas ceinte céntimos por saldo de operaciones mercantiles que el Señor Gassó ha realizado con la mencinada casa de Viena. El Señor Gassó manifiesta que si bien ha aceptado na letra de igual cantidad vencedera el dia veinte de Abril próximo no obstante para mayor garantía de los acreedores otorga la presente escritura pública por medio de la cual se obliga a pagar a los referidos Señores la aludida suma de mil trescientas cincuenta y cinco pesetas veinte éntimos por todo el día veinte de Abril del corriente año en esta capital a la cual designa como lugar del cumplimiento de su obligación y se somete a la jurisdicción de los jueces y Tribunales de la misma.
Don Ernesto Nordbek en nombre proprio y utilidad de los acreedores ecepta.
Quedan advertidos los Señores otorgantes de que dentro de treinta días deberán presentar copia de esta escritura a la oficina liquidadora de este partido para los efectos del impuesto sobre derechos reales y transmisiones de bienes.
Así lo otorgan siendo testigos Don Carlos López y Comas y Don Francisco del Moral y Ortiz, vecinos de esta ciudad, a todos he leído integra esta escritura, a su elección, después de advertidos de su derecho a leerla por si, y la firma. Del conocimiento de los comparecientes y de lo contenido en este instrumento, doy fe.
Erasmo Gassó, Ernesto Nordbek, Carlos López, Francisco del Moral, Melchor Canal.