Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PAGO DE CREDITO CON GARANTIA HIPOTECARIA HACIA PELLICER, POR ERASMO GASSÓ Y NADAL.


En la ciudad de Barcelona a veinte de Enero de mil novecientos.
Ante mi Don José Fontanals y Arater, notario del Colegio territorial de la Audiencia de Barcelona con residencia en la misma ciudad, comparecen: De una parte Don Juan Pellicer y Castanys, del comercio, soltero, mayor de edad y vecino de esta ciudad. Pesio de San Juan número ciento veinticinco, piso segundo con cédula personal de décima clase, número trescientos treinta y dos de fecha siete de Septiembre último.
Y de otra parte Don Erasmo Gassó y Nadal, propietario, casado, mayor de edad y vecino de esta ciudad, con domicilio en la calle de Balmes número cincuenta, piso principal, provisto de cédula personal de cuarta clase, número discientos veintisiete, expedida en treinta de Noviembre del año próximo pasado.
Del conocimiento, profesión, posición social y vecindad de los Señores comparecientes, yo el suscrito notario doy fe. Afirman gozar de los derechos civiles a mi juicio tienen capacidad legal para este acto, y dice. Don Juan Pellicer.
Que libre y espontáneamente otorga carta de pago a favor del otro compareciente Don Erasmo Gassó de la cantidad de diex y siete mil quinientas pesetas que del mismo recibe en este acto, a su entera satisfacción, en presencia del suscrito notario que doy fe de la entrega. Cuyas diez y siete mil quinientas pesetas, son y le sirven al Señor otorgante, en completo pago y devolución de iguales que habia prestado al Señor Gassó por el termino de dos años al interés del seis por ciento anual, mediante escritura autorizada por Don José Mercader notario de esta capital, el dia veinticinco de Octubre de mil ochocientos noventa y ocho, en la cual el Señor Gassó en garantía de las expresadas diez y siete mil quinientas pesetas, dos mensualidades de intereses y prorrata de otra al indicado tipo del seis por ciento, y cinco mil pesetas parac ostas, hipotecó toda aquella porción te terreno para edificar, situada en el ensanche de esta ciudad, con frente o fachada a la calle de Borrell, correspondiente al distrito de Hostafranchs, barrio sexto llamado del parmalento, sección segunda del Registro de la propiedad de occidente de esta capital, de superficie setecientos cincuenta y siete metros treinta y cinco decímetros cuadrados, lindante por el norte, en una línea de cuarenta y cinco metros con terreno de la misma procedencia, perteneciente a Don Luis Sagnier; por el sur, en otra línea de igual longitud, con terreno de Doña Julia Gassó; por poniente parte con Doña Jacinta Bruguera y en una pequeña parte con terreno de Dom Manuel Sagnier, después Rafael Baster; y por su frente, o sea oriente, con la referida calle de Borrell, según con mayor extensión es de ver en dicha escritura de debitorio que fue inscrita en el tomo setecientos sesenta y siete del archivo del Registro de la propiedad de Occidente, libro noventa y siete de la sección segunda, folio doscientos veintinueve, finca número dos mil seiscientos ochenta y cuatro inscripción quinta.
Y hallándose al corriente en el cobro de los intereses devengados hasta la fecha, consiente que el Señor Registrador de la Propiedad del distrito de occidente de esta capital, cancele totalmente por capital intereses y costas, la hipoteca constituida a su favor en la calendada escritura de debitorio de veinticinco de Octubre de mil ochocientos noventa y ocho, sobre la finca que se deja descrita, la cual declara por su parte, completamente libre de toda responsabilidad por los expresados exiceptor. Y Don Erasmo Gassó, por su parte dice: Que acepta esta escritura y sus efectos legales.
Quedan enterados de que dentro de treinta días siguientes al de hoy, se ha de presentar copia anténtica de esta escritura en la oficina de liquidación del impuesto sobre derechos reales y transmisiones de bienes de este partido, para el pago a la Hacienda pñublica de los derechos que le correspondan y después en el Registro de la propiedad de occidente de esta capital para que se practiqie la cancelación de hipotecas que aquí tiene lugar.
Así lo otrgan y firman, juntamente con los testigos instrumentales Don Luis Badia y Coll y Don Pedro Urgel y Alvure, de esta vecindad a todos los cuales he leído íntegramente esta escritura, a su elección, advertidos antes de su derecho para leerla por si, de todo lo que yo el notario autorizante doy fe. Con expresa aprobación de los firmantes.
Juan Pelegrí, Erasmo Gassó y Nadal, Luis Badia, Pedro Urgel, José Fontanals y Arate notario.