Saga Bacardí
09269
ESCRITURA DE PODERES HACIA PUIJATÓ EN BUENOS AIRES, POR BATLLE Y JUAN BAUTISTA VIDAL.


Sepase como en esta ciudad de Barcelona a los catorce días del mes de Diciembre del año de mil setecientos ochenta y cinco. Parecieron ante mi el escribano y testigos abaxo nombraderos Joan Batlle y Joan Bautista Vidal, comerciantes, vecinos de esta ciudad, quienes de su libre alvedrio dixeron que daban y dieron todo su poder cumplido, amplio, general y bastante, qual de derecho se requiere, y es necesario a QuiricoPuijató comerciante en la ciudad de Buenos Aures en la America residente, ausente como si fuese presente, para que por dicho otorgantes, y cada uno de ellos de por si y representando sus proprias personas, voz, y acción y derechos pueda pedir, reciir, cobrar, y haver y confessar haver habido, y recibido de qualesquier Señores thesoreros, arqueris, depositarios, universidades todas y qualesquiera cantidades de dinero, créditos, alcanzes, penciones, sueldos, letras de cambio, generos, efectos, mercaderías, y otros quelsquier frutis, y emolumentos que se deven y deveran a dichos otorgantes, y al otro de ellos a solas, ahora, y en lo venidero en qualquier parte del Mundo, por qualquier titulo, causa, o razón, y de lo que recibiere dicho procurador y cobrare otorgue cartas de pago, finiquitos, lastos, cessiones, liberaciones, recibos, y los demás recados que le fueren pedidos, excepción de la non numerata pecunia, renunciación de las leyes de ella, y demás de este caso. Y si fuere menester paraqué pueda parecer, y parezca en juicio ante qualesquier audiencias, chancillerías, consejos, ministros, juezes, justicias, y demás tribunales ecclesiasticos, y seculares que convenga, presentando pedimentos, alegatos, interrogatirops. Testigos, papeles, escritos, escrituras, y provanzas, tache y contradica quanto ante Su Magestad (que Dios guarde) y Señores de sus Real y Supremo Consejo presentando qualesquier memoriales, peticiones, y suplicas ogbsequiosamente dispuestas, pedir que sean decretadas hasta lobrar Su Magestad y Señores de Su Real y Supremo Consejo las Gracias mercedes y despachos que se pretendan. Y assi mismo pueda comparecer, y comparezca en juicio ante qualesquier audiencias, chancillerías, consejos, ministros, jiezes, justicias, y demás tribunales ecclesiasticos, y seculares que convenga, presentando autos, pedimentos, alegatos, interrogatorios, testigos, papeles, escritos, escrituras, y provanzas, tache y contradiga quanto en contario se hiziere, y alegare, recuse, requiera, proteste, y jure las tales recusaciones, puda términos, apremios, execuciones, prisiones, solturas embargos, desembargos, ventas, transes, y remates de bienes, tome pocession de ellos, oyga autos, y sentencias, interlocutiroas y difinitivas, consieta lo favorable, y de lo perjudicial apele, y suplique, siga las apelaciones y suplicas en todas instancias, y tribibunales y ante quien con derecho pueda, y deva, o se aparte de ellas si conviniere, pida, y haga juramentos de calumnia, y otros que convenga, protestos, allanamientos, apartamientos, consentimientos, y qualesquier cauciones juratorias, y fidejusorias. Y generalmente haga todas quantas diligencias que juicial, y extrajuhicialmente se ofrezcan, y las mismas que los otorgantes, y cada uno de ellos de por si haría presente siendo, que el poder que para todo lo referido se necesite, con lo incidente, y dependiente esse mismo dan, y confieren al nombrado Señor su apoderado con libre, franca, y general administración. Y con favultad que lo pueda substituir en quien, y las vezxes que le pareciere, revocar los substitutos, y otros de nuevo nombrar siempre que le fuere bien visto. Prometiendo estar en juicio, pagar lo juzgado, y tener por agradable todo lo que por dicho apoderado y sus substitutos en virtut de este poder fiere hecho y executado, y no revocarlo lo referidos otorgantes baxo obligación de sus bienes, y de cada uno de ellos de pos si muebles, y sitios presentes, y venideros, con todas renuncias de derecho necesarias. En cuio testimonio lo otorgan y firman de sus respective manos (conocidos de mi el infro escribano) en esta ciudad de Barcelona a los dia, mes y año arriba continuados. Siendo presentes por testigos Salvador Oliva y Camps, y Martin Thomas Huguet, officianes de pluma, vecinos de esta ciudad.
Magín Serrat & Cia. Mastio Cruz, Juan Bautista Vidal, Ante mi Manuel Oliva y Viloca notario.