Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES A RECAMIER, POR LUIS SAGNIER Y DELICHOUS.


Ante mi el escribano y testigos baxo nombrados, compareció Luis Sagnier en su nombre social de Sargelet, Sagnier & Cia. comerciante de esta ciudad de Barcelona en España, el qual. De su espontanea voluntad ha constituido y establecido por su procurador general y especial la una calidad no derrogan de la otra a saber, a D. Jayme Recamier comerciante en la ciudad de Paris en Francia ausente, de este acto al qual ha dado poder y facultad para el y sen su nombre transigir y concordar con qualesquiera personas, quales por procesos, diferencias y dificultades, nombrar árbitros, diferencias y dificultades, nobrar árbitros compromisarios expertos, y una tercera persona si se diese el caso, liquidar, y saldar qualesquiera cuentas e intereses, aprobarlas, o reprobarles, asistir a qualesquiera juntas de acreedores, aprobar sus resoluciones o protestarlas, hacer qualesquiera abandono y cesiones de capitales, e intereses, y conceder qualesquiera plasos para el pago, para todo lo arriba dicho circunstancias y dependencias otorgar y firmar qualesquiera letras de transaccioes, y convenios baxo los pactos, clausulas, condiciones, juramentos y demás que dicha constituido hallará a bien y la naturaleza de los contratos exigirá.= A mas pueda pedir reclamar, y cobrar de qualesquiera personas, justicias, comunes, depositarios sociedades, y de quien corresponderá qualesquiera cantidades de dinero, créditos electos, generos, mescadurias, legtras de cambios, obligaciones, y otras qualesquiera cosas y bienes, debidos, y que se deberán a dicha compañía en su referido nombre social por qualquier titulo o causa, y de lo cobrado dar cartas de pago, y demás descargos valederos con subrogación de derecho en caso de retardo, o designación en pago de parte de los deudores, o detentores, o que haya contestaciones, competerlos ante qualesquiera tribunales competentes, escribir, producir elegir dominio, pleitear, oponer, afismar en cada uno de los tribunales de todos daños y gastos, constitución qualesquier abogados y procuradores asi en causa como por todo lo concerniente a lo arriba dicho seguir el todo hasta sentencia y juzgado, difinitivo y su execucion, embargar, detener, desembargar y hacer posar a la venta de todo lo que será embargado, y pertenecer al referido competente en su referido nombre social, también con facultad de sugstituir los presentes a uno o mas procuradores, revocar los substitutos y nombrar otros en su lugar. Y generalmente hacer todo lo que el mismo compareciente haría si estuviese presente. Prometiendo estar a juicio, pagar lo juzgado, y sentenciado, y haber por agradable todo lo que por dicho constituido, y sus substitutos, será hecho y practicado, y no revocarlo en tiempo alguno, baxo pena de interes y obligación de todos los bienes de la referida sociedad del compareciente, y relevar a dicho constituido y sis substitutos de todos cargos de poder el presente valedero hasta revocación expresa, no obstante de ser hecho de alquin tiempo. Así hecho y otorgado en esta dicha ciudad de Barcelona a los seis días del mes de Setembre del año del Nacimiento del Señor mil ochocientos y tres. Y dicha compañía conocida del infro escribano, lo firma siendo presentes por testigos Matheo Lugan y Juan Gonzalez escribientes residentes en esta ciudad.
Luis Sagnier en dicho nombre, Ante mi Ramon Matheu y Smandia.