Saga Bacardí
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PROTESTO DE DOS CAMBIABLES CONTRA CAMÓ, POR SARGELET, TUDÉS, SAGNIER & Cia.


En la ciudad de Barcelona oy que contamos a los veinte y dos dias del mes de Noviembre del año del Nacimiento del Señor de mil setecientos ochenta y siete. Francisco Sargelet vezino y del comercio de esta ciudad, en el nombre social de Sargelet, Tudés, Sagnier & Cia. a fin de cobrar de Joaquin Roca y Batlle vezino y del comercio de la presente ciudad el importe de la primera y segunda letra de cambio bajo insertas, que en el dia de ayer por ante el presente escrivano, por falta de pago fueron protestadas contra Francisco Camo, tambien vezino y del comercio de esta ciudad presente a dicho acto la primera y segunda letra de cambio que son del tenor siguiente.=
J.M.J. Cádiz doce Octubre de mil setecientos ochenta y siete. Son pesos dos mil ochenta y seis, cinco reales plata, quatro quartos de a ciento veinte y ocho quartos.= A quarenta dias de la data, mandará Vm. pagar por esta primera de cambio a nuestra orden dos mil ochenta y seis pesos, cinco reales plata, y quatro quartos de a ciento veinte y ocho quartos cada uno en oro u plata, valor en cuenta que notará Vm. como avisamos.= Gual y Barril.= A D. Francisco Camó (guarde Dios muchos años) Barcelona.= aseptada.= Francisco Camó.= J.M.J. Cádiz doze de Octubre de mil setecientos ochenta y siete. Son pesos dos mil ochenta y seis, cinco reales plata, quatro quartos de a ciento veinte y ocho quartos.= A quarenta dias de la fecha mandará Vm. pagar por esta segunda de cambio (no haviendolo hecho por la primera) a nuestra orden. Dos mil ochenta y seis pesos, cinco reales plata, y quatro quartos de a ciento veinte y ocho quartos en oro u plata, valor en cuenta que notará Vm. como avisamos.= Gual y Barril.= A D. Francisco Camó (guarde Dios muchos años) Barcelona.= La primera acetada a quien en caso necesario, paguesse a la orden del Señor D. Pablo Nadal, valor en cuenta, Cádiz diez y seis Octubre de mil setecientos ochenta y siete.= Gual y Barril.= Y por mi se pagará a la orden de los Señores Sargelet, Tudés, Sagnier & Cia. de Barcelona por valor en cuenta. Reus ut supra.= Nicolau Albanes y Nadal.= Y vista y leidas dichas letras por el nomberado Joachin Roca y Batlle dixo: Que las pagaria por honor de la firma de los Señores Gual y Barril, tiradores de ellas, como en efecto las pagó en dinero de contado realmente y de hecho en presentia del escrivanoy testigos nombraderos continuandos dichos Señores Sargelet, Tudés, Sagnier & Cia. el correspondiente recibo en la segunda de dichas letras. Reservandose empero dicho Joachim Roca todos los derechos le correspondan contra quien convenga. Y el expresado Francisco Sargelet, en el indicado nombre ha instado y requirido a mi el escrivano, formase las presentes publicas escrituras, y que dé ella a él y demas que convenga, entregasee copia authentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba citados. Y dicho requirente (conocido del infro escrivano) lo firmó. Siendo presentes por testigos D. Diego de Chia y Buxó, escriviente, y Bruno Xuriach mancebo comerciante, ambos en esta ciudad residentes.
Francisco Sargelet en dicho nombre, Ante mi Ramon Matheu y Smandia escribano.