Saga Bacardí
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PROTESTO DE LA PRIMERA Y SEGUNDA LETRA DE CAMBIO CONTRA CAMO, POR SARGELET, TUDES, SAGNIER & Cia.


En la ciudad de Barcelona hoy que contamos a los veinte y dos dias del mes de Noviembre del año del Nacimiento del Señor de mil setecientos ochenta y siete. Joseph Maignon vezino y del comercio de esta ciudad, con comisión y orden de los Señores Sargelet, Tudés, Sagnier & Cia. tambien vezinos y del comercio de esta ciudad, constituhido personalmente en las casas de la propria habitación de Francisco Camo, igualmente comerciante y vecino de la propria ciudad, que las tiene citas en la calle Condal, a fin de cobrar de este el importe de la primera y segunda letras de cambio bajo incertas, la primera de las quales se halla acetada por el mismo Camo, por ausencia de este presentó a Juan Artes y Lagua, su dependiente las primera y segunda letras de cambio que son del tenor siguiente.=
J.M.J. Cádiz doze de Octubre de mil setecientos ochenta y siete.= Son pesos dos mil ochenta y seis, cinco reales plata, y quatro quartos de a ciento veinte y ocho quartos.= A quarenta dias de la data mandará Vm. pagar por esta primera de cambio a nuestra orden. Dos mil ochenta y seis pesos, cinco reales plata, y quatro quartosd e a ciento veinte y ocho quartos cada uno, en oro u plata, valor en cuenta que anotará Vm. como avisamos.= Gual y Barril.= A D. Francisco Camo (guarde Dios muchos años) Barcelona.= Asetada.= Francisco Camo.= J.M.J. Cádiz doze Octubre de mil setecientos ochenta y siete.= Son pesos dos mil ochenta y seis, cinco reales plata, quatro quartos de ciento veinte y ocho quartos.= A quarenta dias de la fecha mandará Vm. pagar por esta segunda de cambio (no habiendolo hecho por la primera) a nuestra orden. Dos mil ochenta y seis pesos, cinco reales plata, y quatro quartos de ciento veinte y ocho quartos en oro u plata, valor en cuenta que anotará Vm. como avisamos.= Gual y Barril.= A D. Francisco Camo (guarde Dios muchos años) Barcelona. La primera acetada, a que en caso necessario.= Paguese a la orden del Señor Pablo Nadal, valor en cuenta. Cádiz diez y seis de Octubre mil setecientos ochenta y siete.= Gual y Barril.= Y por mi se pagará a la orden de los Señores Nicolau Albanes y Nadal por valor en cuenta. Reus ocho Noviembre de mil setecientos ochenta y siete.= Pablo Nadal.= Y por nosotros se pagará a la orden de los Señores Sargelet, Tudés, Sagnier & Cia. de Barcelona, por valor en cuenta. Reus ut supra.= Nicolau Albanes y Nadal.=
Y vistas y lehidas dichas letras por el nombrado Juan Artes, dixo: Que dicho Camo mo las paga por los motivos que por el correo proximo escribirá al tirador de ellas. Y el mencionado Maignon en el indicado nombre les protestó de todos daños, gastos, perjuicios, cambios recamios y demas que por falta de pago de dichas letras se seguiran y pueden seguir a dichos Sargelet, Tudés, Sagnier & Cia. Y requirió a mi el escrivano que de lo arriba dicho formase la presente publica escritura, y que a quien fuese menester entregase copia autentica. LO que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba citados. Y dicho requirente (conocido de mi el infro escrivano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Joseph Dussenil del comercio de esta ciudad, y Francisco Adam escriviente en esta misma ciudad residentes.
Joseph Maignon, Ante mi Ramon Matheu y Smandia escrivano.