Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA MARFÁ, POR CREUS Y FRANCISCO SARGELET.


Sepase por esta publica escritura como nosotros Magin Creus en el nombre social de Joseph e Ignacio Creus, y Francisco Sargelet, en el nombre social de Arabat y Sargelet los dos vecinos y del comercio de esta ciudad. De nuestra espontanea voluntad otorgamos y concedemos que damos, todo nuestro poder cumplido, libre, general, y bastante qual de derecho se requiere y es necesario a Ignacio Marfá notario real y causidico vezino de esta ciudad, ausente, como si fuese presente, paraque por nosotros, en dichos respectives nombres, nuestros respectives sociedades, accion y derecho representando pueda comparecer, y comparezca ante cualesquier audneicias, curias, y tribunales eclesiasticos, y seglares, y en donde convenga, y allí mover, proseguir y terminar cualesquier pleytos y causas activas y pasivas, principales y de apelación, movidas y para mover por cualesquier causa, o razon, y con cualesquier personas largamente con el acostumbrado curso de pleytos, y causas, facultad expresa de jurar de calumnia, prestar cauciones juratorias y fiadoras, exponer clamos, y reclamos, instar exenciones, hacer embargos, y aquellos cancelar y consentir que se levantes, hacer cualesquier requerimientos y protestas, e instar que sean levantados los testigos que serán menester, y practicar todo lo demas que para dichas causas y su ampllisimo curso se requiera, según estilo de los tribunales donde dichos pleytos se siguieren. Sin limitacion alguna, y con facultad de substituir el presente poder, revocar los substitutos, y nombrar otros siempre y quando le pareciere. Y generalmente ejecutar todo lo que nosotros en nuestros respectives nombres hariamos personalmente. Prometiendo estar a juicio, pagar lo juzgado y sentenciado y haver por agradable todo lo que por dicho nuestro apoderado, y sus substitutos será practicado. Y no revocarlo en tiempo alguno, bajo obligación de nuestros bienes y de nuestras sociedades, muebles y raizes, presentes y venideros, con todas renuncias de derecho necesarias. En cuyo testimonio otorgo la presente escritura en esta ciudad de Barcelona a los doze dias del mes de Marzo del año del Nacimiento del Señor de mil setecientos noventa y uno. Y dicho otorgante (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Francisco Lamarca, y Francisco Forony escribientes en esta ciudad residentes.
Magin Creus en dicho nombre, Francisco Sargelet en dicho nombre, Ante Joseph Ubach.