Saga Bacardí
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COBRO DE CAMBIABLES PROTESTADAS A JAUBERT, POR SARGELET, SAGNIER & Cia.


En la ciudad de Barcelona al primer dia del mes de Septiembre del año mil setecientos noventa y dos. Joseph Maignon otro de los dependientes de los Señores Sargelet, Sagnier & Cia. vecinos y del comercio de esta ciudad. Consignados expresamente para el infro efecto por el Señor D. Hugo Henrique Jaubert del comercio de la ciudad de Zaragoza, constituido personalmente en las casas de la propria habitación de Francisco Serra comerciante, que al presente tiene su domicilio en esta ciudad, sitas en la calle de Moncada, a fin de cobrar de dicho Serra el importe de las cuentas de resaca, de tres primeras letras de cambio, tiradas por los Señores Duclos & Cia. contra dicho Serra, pagaderas en Madrid, y en casa de los Señores D. Juan Camps & Cia. de aquel comercio, que en siete, y veinte y tres del mes de Agosto ultimo, por falta de pago fueron protestadas contra dichos Señores D. Juan Camps & Cia. por los Señores Hermanos Bartholomy, del comercio de dicha villa de Madrid, y en dichos respective, fechada los Señores Dendisant Hermanos, las pagarian por honor de la firma de dicho D. Hugo Henrique Jaubert, por ausencia de dicho Serra, presentó a Rosalia Serra su consorte las cuentas de resaca, y protestas (haviendole hecho oztension de las letras originales) que son del tenor siguiente.=
Cuenta de retorno de una letra primera de cambio de reales vellon diez y siete mil seiscientos, dada en Zaragoza en quince de Diciembre ultimo, a siete meses y medio fecha por su Señor D. J. Bautista Dudos & Cia. a la orden de D. Hugo Henrique Jaubert, cedila a D. Juan Guibert, y por este a los Señores Hermanos Bartholomy, a cargo de dicho Serra de Reus, quien la acetó al domicilio de los Señores D. Juan Camps & Cia. protestada falta de pagamiento, y en la que hemos intervenido por honor de la firma del expressado del Señor Jaubert primer endozante en……… a saber:
Reales Vellon 17600………….Importe de dicha letra
13………….Corredor protesto
19R 18M…..Corretage a la resaca y porte de cartas
88…………..Nuestra comisión a a ½ por %

17722R 18M a lo que se añade
132R 30M por ¾ por % de perdida a la resaca

Reales Vellon 17855R 14M Importe todo diez y siete mil ochocientoas cincuenta y cinco reales y quatorze maravedis valor, de las que nos hemos rembolsado a crdo del referido D. Hugo Henrique Jauvert. Madrid seis de Agosto de mil setecientos noventa y dos.= Dandose dicha menos.
En la villa de Madrid a siete de Agossto de mil setecientos noventa y dos. Yo el infro de pedimiento de los Señores Hermanos Barthelemy, requiri a D. Juan Camps & Cia. las letras siguientes.
J.M.M. Zaragoza quince Diciembre mil setecientos noventa y uno. Por reales diez y siete mil seiscientos vellon, en oro, u plata. A siete meses y medio de la fecha se servirá Vm. mandar pagar por esta primera de cambio en Madrid, a la orden de D. Hugo Henrique Jaubert diez y siete mil, y seiscientos reales en oro, o plata, valor recibido en quanta de dicho Señor, en oro, o plata valor recibido en quenta de dicho Señor, que mandará Vm. notar en quenta, según aviso de. Son diez y siete mil seiscientos reales. Con poderes de D. Juan Bautista Duclos & Cia..= J. Batiste Duclos. A D. Francisco Serra (guarde Dios muchos años) en Reus pagadero en Madrid.= Paguese a la orden de D. Juan Guibert, valor recibido del mismo. Zaragoza catorce Abril de mil setecientos nobenta y dos.= H. Herrique Jaubert.
Paguese a la orden de los Señores Hermanos Barcheleny, valor en quanta con dichos Señores. Zaragoza catorce Abril mil setecientos noventa y dos.= Juan Guibert.
Corriente en casa D. Juan Camps & Cia.= Francisco Serra.= Concuerda con la letra original que debolbí a dichos Señores Hermanos Bartholemy, de que doy fee. Y apercibí a los citados D. Juan Camps & Cia. que de no pagar la cantidad contendida en dicha letra les protestaria lo que conveniese, los quales digeron no la pagan por falta de aviso, y fondos. Mediante lo qual yo el escribano les protestó las veces en derecho necesarias que todos los cambios, recambios, encomiendas, costas, gastos, daños, menoscabos, e intereses que por falta de puntual pagamiento de dicha letra se hubiere seguido, y seguiran, seran por quanta y riesgo de los dadores, y de quien mas haya lugar, doy fee.
Y luego dicho dias los nominados Señores Hermanos Barchalerny, a quienes doy fee conosco, digeron que mediante lo expresado sobre protesto, y por honor del abonamiento y firma de D. Hugo Henrique Jaubert, los Señores Dendort Hermanos les han dedo, y pagado los diez y siete mil y seiscientos reales de los que se dieron por satisfechos y entregados a su voluntad, por haverlos por el escribano en su poder realmente y con efecto, y por que su entrega, que confesaron haver sido cierta y verdadera, no parece de presentes renuncianción las leyes de ella, prueba, paga y demas del caso, y de ellos otorgaron a favor de dichos Señores Dendoart Hermanos tan bastante carta de pago como a su derecho convenga, y cierto en forma, para que pidan, reciban, y cobren judicial, y extrajudicialmente de dicho D. Hugo Henrique Jaubert de los dadores de dicha letra, y demas obligados a su pagamiento los mencionados diez y siete mil seiscientos reales con mas todos los cambios, recambios, encomiendas, costas, gastos,,daños, menoscabos, e intereses, causados, y que se causaren, para todo lo qual ponen, y subrogan a dichos Señores Dendvat en su mismo lugar, y derecho con cesion de todos sus derechos, y acciones en forma sin quedar los otorgantes, no D. Juan Guibert obligado a cosa alguna, y les entregan dicha letra entregada con declaracion que el recibo que tienen firmado en ella es con esta misma cosa, y vale por un solo pagamiento. Asi lo otorgan, y firma uno por todos como acostumbran. Siendo testigos D. Rafael de Altarriba, D. Antonio López de Salazar, y D. Agustin del Val residentes en esta corte.= Hermanos Barcheleny.= Ante mi D. Ignacio de Salaya.= D. Ignacio de Salaya, escribano de Su Majestad de Camara, y Secretario de Causa del Serenisimo Señor Infante D. Pedro presente fui.= Ignacio de Salaya.=
Cuenta de retorno de una letra primera de cambio de reales diez y siete mil quinientos dada en Zaragoza a quince de Diciembre ultimo, a siete meses, fecha ppor los Señores D. Juan Bautista Duclos & Cia. orden de D. Hugo Henrique Gaubert, endozada a favor de D. Juan Guibert, y cedida por este a los Señores Hermanos Barchalerny , contra D. Francisco Serra de Reus, quien la aceta al domicilio de estos D. Juan Camps & Cia. la que ha sido presentada por falta de patamiento, y en la que han intervenido por el honor de la firma del mencionado D. Hugo Henrique Jaubert.
Reales Vellon……….17500…………………Importe de dicha letra
30…………………Costa de protesto, y carta de pago
19R 18M………...Corretaje a la resaca al % y parte de causas
87R 17M……….. Nuestra comisión a ½ por %

17636R 30M A lo que se añade
132R 3M Por perdida de ¾ por % de perdida a la resaca

Reales Vellon 17760R 5M
Importa todo iez y siete mil setecientos sesenta y nueve reales y cinco marvedis de vellon, de los que nos rembolsamos a cargo del expresado Señor D. Hugo Henrique Jauvert. Madrid veinte y cinco de Julio de mil setecientos noventa y dos.= Dendiat Hermanos.
En la villa de Madrid a veinte y tres de Julio de mil setecientos noventa y dos. Yo el infro de pedimiento de los Señores Hermanos Barcheleny requiri a D. Juan Camps & Cia. paguen la letra siguiente.
J.M.J. Zaragoza quince Diciembre mil setecientos noventa y uno. Por reales diez y siete mil quinientos vellon, en oro u plata.= A siete meses de la fecha se servirá Vm. mandar pagar por esta primera de cambio en Madrid a la orden de D. Hugo Henrique Jaubert, diez y siete mil quinientos reales en oro, u plata, valor recivido en quanta de dicho Señor que mandará Vm. notar en quanta según aviso de.= Son diez y siete mil quinientos reales.= Con poder de D. Juan Bautista Duclos & Cia. Joseph Fraisco Duclos. A D. Francisco Serra (guarde Dios muchos años) Reus pagadera en Madrid. Paguese a la orden del Señor D. Juan Guibert valor recibido del mismo. Zaragoza catorce Abril mil setecientos noventa y dos.= Hugo Henrique Jaubert.
Paguese a la orden de los Señores Hermanos Barthelomy valor en quenta con dichos Señores. Zaragoza catorce Abril mil setecientos nobenta y dos.= Juan Guibert.
Corriente en casa de D. Juan Camps & Cia.= Francisco Serra.
Concuerda con la letra orogonal que debolví a dichos Señores Hermanos Barthelemy de que doy fee= Y apercibí a los citados D. Juan Camps & Cia. que de no pagar la cantidad contenida en dicha letra les protestaria, lo que conviniese, los quales digeron no la pagan por falta de aviso, y fondos. Mediante lo que yo el escribano les protesté las veces en derecho necesarias que todos los cambios, recambios, encomiendas, costas, gastos, daños, menoscabos, e intereses que por falta de puntual pagamiento de dicha letra se huvueren seguido, y seguiran, serán por quenta y riesgo de los dadores, y de quien mas haya lugar, doy fee.
Y luego dicho escribano, los nominados Señores Hermanos Barthelemy a quienes doy fee conozco, digeron, que mediante lo expressado sobre protesto, y por honor de la compañía y firma de D. Hugo Henrique Jaubert, los Señores Denboat Hermanos les han dado y pagado los diez y siete mil quinientos reales de los que se dieron por satisfechos, y entregados a su voluntad, por haverlos mandado, y pasado a su poder, realmente, y con efecto y porque sin entrega que confesaron ha sido cierta y verdadera comparece de presente renunciaron las leyes de ella, prueba, pago y demas del caso, y de ellos otorgaron a favor de dichos Señores. Dendoat Hermanos tan bastante carte de pago como a su derecho convenga, y cuenta en forma para que didan, reciban y cobren juicial, o extrajuicialmente de dicho D. Hugo Enrique Jaubart de los dadores de dichas letras, y demas obligados a su pagamento los mencionados diez y seis mil quinientos reales vellon con mas todos los cambios, recambios, encomiendas, costas, gastos, daños, menoscabos, e intereses causados y que se causaren para todo lo que ponen y subrogan a dichos Señores Dondoat Hermanos en si mismo lugar, y derecho concesión de todos sus derechos, y acciones en forma,s in quedar los otorgantes, ni D. Juan Guibert obligados en cosa alguna, y las entregan dichas letras original, con declaración que el recibo que tienen firmado en ello es con esta una misma cosa, y vale por un sido pagamento. Asi lo otorgaron y firmó uno por todos como acostumbran. Siendo testigos D. Rafael de Altarriba, D. Antonio Lopez de Salazar, y D. Agustin Agustino del Val residentes en esta corte.= Hermanos Barthelemy.= Ante mi D. Ignacio de Salaya.= D. Ignacio de Salaya escribano de Su Majestad de Camara, y Secretario de Causas del Smo Señor Infante D. Pedro presenti juri+ Ignacio Salaya.=
Cuenta de retorno de una letra promera de cambio de Ron, diez y siete mil ochocientos dada en quince de Diciembre ultimo a ocho meses fecha por los Señores D. Juan Bautista Duclos & Cia. de Zaragoza, orden de D. Hugo Enrique Jouvert a la de D. J. Guibert cedida por este a los Señores Hermanos Bartholemy, siendo a cargo de D. Francisco Serra de Reus, aceptada al domicilio de los Señores D. Juan Camps & Cia. protestada falta de pagamiento, y en la que hemos intervenido por honor de la firma del expresado Señor Jauvert, a saber.
Primero: 1780R……… importe de dicha letra.
30R……….coste de protesto. Y carta de pago.
19R 23M ...corretaje a la resaca, y partes de cartas.
89R……….comisión al ½ por %.

17938R 23M…a lo que se añade
134R 1M….por ¾ por % de perdidas a la resaca

18072R 24M

Importa todo diez y ocho mil setecientas y dos reales y veinte y quatro maravedíes de vellon de los que nos hemos rembolsado a cargo del mencionado D. Hugo Enrique Jauvert. Madrid veinte y cinco de Agosto de mil setecientos noventa y dos.= Denboat Hermanos.= En la villa de Madrid a veinte y tres de Agosto de mil setecientos noventa y dos. Yo el infro de pedimiento de los Señores Barthelemy, requiri a D. Joan Camps & Cia. paguese la letra siguiente.
J.M.J. Zaragoza quince Diciembre mil setecientos noventa y uno, por reales diez y siete mil ochocientos vellon, en oro, y plata.= A ocho meses de la fecha se servirá Vm. mandar pagar por esta primera de cambio. Madrid a la orden de D. Hugo Enrique Jubert, diez y siete mil y ocho cientos reales en oro, u plata, valor recivido en quenta de dicho Señor que mandará Vm. notar en quenta según aviso de.= Son diez y siete mil ochocientos reales, con poder de dicho Juan Bautista Ductor & Cia.= Joseph Lorenzo Ductos.
A D. Francisco Serra (guadre Dios muchos años) . Reus pagadera en Madrid.= paguese a la orden del Señor D. Juan Guibert, valor recivido del mismo. Zaragoza catorze Abril de mil setecientos noventa y dos.= Hugo Enrique Jaubert.
Paguese a la orden de los Señores Hermanos Barchelemy valor en cuenta con dichos Señores. Zaragoza catorze Abril mil setecientos nobenta y dos.= Juan Guibert, corriente en casa D. Juan Camps & Cia. a Francisco Serra continuada con la letra original que cobraran a dichos Señores Hermanos Barthemy de que doy fe. Y apostilló a los citados D. Juan Camps & Cia. quedaron pagar las arriba contenidas en dichos Señores, les protestaron lo que escribieron, los quales digeron no la pagan por falta de fondos, mediante las quales el escribano les protestó----- derechos necesarios, que todos los cambios, recambios, encomiendas, costas, gastos, daños, menoscabos, intereses, que por falta de puntual pagamiento de dicha letra se han de seguir y seguiran, por quenta y riesgo de los dadores, y de quien mas haya lugar, doy fe.
Y luego dicho dia, los nombrados Señores Hermanos Bertholomyu, a quienes doy fee conozco, digeron que mediante lo expresado sobre protesto, y por honra de la compañía y firma del Señor D. Enrique Jubert, los Señores Denboat Hermanos las han dado, y pagado los diez y siete mil ocho cientos reales vellon, de los que se dieron por satisfechos y entregados, a su voluntad por haverlos recivido, y pasó a su poder realmente, y con efecto, y para que lo entregue qeu confesaron ha sido cierto, y verdaderas, no parece de presente, renunciando las leyes de ello, prueba, paga y de mas del caso, y de ellos otorgaron a favor de dichos Señores Danboat Hermanos, con bastante carta de pago, como a su derecho convenga, y cuanto en forma para que por dicho se cobrar y cobrare, judicial, y extrajudicialmente de dichos Señores Henrique Jubert de los dadores de dicha letra, y demas obligaciones a su pagamiento los mencionados diez y siete mil ochocientos reales, con mas todos los cambios, recambios, encomiendas, costas, gastos, daños, menoscabos, intereses causados, y que se causaren, para todo lo qual ponen y subrogan a dichos Señores Denval Hermanos su mismo lugar, y derechos, con cession de todos sus derechos, y acciones en forma, sin quedar los otorgantes, ni D. Juan Guibert obligados a cosa alguna, y les entregan dichas letras originales, con declaración que el recibo que tiene firmado en ella es con esta una misma cosa, y vale por un solo pagamiento. Así lo otorga firmando por todo como acostumbran. Siendo testigos D. Rafael de Altamira, D. Antonioo Lopez de Salazar y D. Agustin Agustino del Val, residentes en esta cosa.= Hermanos Bertholemy.= Ante mi D. Ignacio de Solaya, D. Ignacio de Solaya escribano de Su Majestad de Camara y sinde causas, del Ilustrisimo Señor Infante D. Pedro presente fui dicho Ignacio de Salaya.=
Y vistas dichas letras, cuentas de resaca y protestas por Rosalia Serra dixo: Que su marido se halla ausente de esta ciudad, y que no tenia ella dinero para pagarlas. Y el nombrado Joseph Maignon protestó contra dicho Serra, y demas que en derecho haya lugar, de todos daños, gastos, perjuicios, interesas, cambios, recambios y demas que por falta de pago de dichas cuentas de resaca, y letras se seguiran, y pueden seguir a dichos Señores D. Hugo Henrique Jaubert. Y requirió a mi el escribano que de lo arriba dicho formase la presente publica escritura, y que de ella a él y demas que convenga, entregase copia authentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirente (conocido del infro escribano) lo firmó, siendo presentes por testigos Pablo Ferrer, y D. Manuel de Chia escribientes en esta ciudad residentes.
Joseph Maignon, Ante Joseph Ubach.