Saga Bacardí
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PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA MOLINS & HUARE, POR SARGELET, SAGNIER & Cia.


En la ciudad de Barcelona a los veinte y siete dias del mes de Setiembre del año mil ochocientos y seis. Joseph Maignon, con comisión y orden del os Señores Sargelet, Sagnier & Cia. comerciante, constituido personalmente en las casas de la propia habitación de los Señores Molins & Hauser tambien de este comercio, para que dichos acetasen la letra baxo inserta, les presentó la letra de cambio que es como sigue.=
Zaragoza, veinte y tres de Setiembre del año mil ochocientos y seis. Por quinientos duros en oro, o plata.= A ocho dias vista se serviran Vm. mandar pagar por esta primera de cambio de orden del Señor D. Joaquin Sanchez, y del Cacho quinientos duros de cinco pesetas cada uno en oro o plata, y no vales reales, valor recibido, y Vm. anotarán en cuenta de F.S. según mi aviso.= Pedro de Lagala.= A los Señores Molins y Hauser, Barcelona.= En caso necesario a los Señores D. José Molins & Cia. por P.L.= paguese a los Señores D. Miguel de Zavalera & Cia. Zaragoza ut supra.= Joaquin Sanchez del Cacho.= Paguese a la orden de los Señores Sargelet, Sagnier & Cia. valor en cuenta con dichos Señores.= Zaragoza veinte y siete de Setiembre de mil ochocientos y seis.= Miguel de Zavalera & Cia.=
Y vista dicha letra por dichos Señores Molins & Hauser, dixeron: Que no querian acetarla por no haver encontrado la partida que contiene la letra, pero que adv--iese a presentar a su vencimiento. Y en nombrado Maignon protestó contra dichos Señores Molins & Hauser, contra el librador, endozante, y dema que tngan derecho de todo, daño, gastó, perjuicio, intereses, cambios, recambios y demas que por falta de acetación se siguen y pueden seguir a dichos sus principales. De todo lo que el propio Maignon ha requirido a mi el escribano, formase la presente publica escritrua, y que dé ella a él y dema que convenga, entregase copia autentica. Lo que fue hecho en esta ciudad de Barcelona en los dia, mes y año arriba notados. Siendo presentes por testigos Carlos Gonzales, y Joseph Busquets, ambos de esta ciudad residentes.
Seguidamente el mismo Maignon para el mismo fin de hacer acetar la dicha letra, y en virtud de la indicacion que ella se halla, pasó a las casas de la propia habitaciónd e los Señores D. José Molins & Cia. quien despues de haverla visto, dixeron: que mediante el procedente protestola acetarian por honor de la firma del librador de la misma, con reserva de los derechos que les correspondan. De todo lo que el citado Maignon, requirió a mi el escribano, formase la presente publica escritura, y que dé ella a él y demas que convenga, entregase copia autentica. LO que fue hecho en esta dicha ciudad, en los dia, mes y año arriba notados. Y dicho requirnte (conocido del infro escribano) lo firmó. Siendo presentes por testigos Pablo Ribas y Joseph Juven, ambos de este comercio.
Joseph Maignon, Ante Joseph Ubach.