Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PROTESTO DE CAMBIABLE CONTRA ARABET, POR SARGELET, MAIGNON HERMANOS


En la ciudad de Barcelona a los veinte y un dias de Marzo de mil ochocientos diez y ocho Antonio Romeu con comisión y orden de los Señores Sargelet, Mainon Hermanos, de este comercio, constituido personalmente junto conmigo el infro escrivano en las caas de la propia habitación del Señor de Arabet, Gautier, Manning & Cia. Asi mismo de este comercio, a fin de conseguir el pago de la letra abaxo inserta en mi presencia les presentó la letra de cambio que es como sigue.= Perpignan el ving Octobre dix huit cent dix sept. Bon pour mil doscientas veinte pesetas al veinte de Marzo año proximo pagaré a la orden de Pa. Combé la cantidad de mil doscientas y veinte pesetas valor rcivido contado que pagará sin otro aviso de seno por mil y doscientas veinte pesetas que pagaré a su tiempo Francech Bach, a su domicilio en Barcelona en casa de los Señores Arabet, Gautier y Maguie calle Ancha.= ...Renbé.= Payez a l'ordre de M.P. Vassal valor reçue comptants Perpignan le dix Janvier dix huit cent dix huit.= Llonbes Sauviol.= paguese a la orden de los Señores Guerin Defuncin & Cia, valor en cuenta. Perpignan de Enero catorce de mil ochocientos diez y ocho.= J. Vassal.= pagyez al'ordre de Messieur Sargelet & Mainon Freres valeur en compte Paris le 24 Janvier dix huit cent dix huit Guerin Defomir, a on besoin chez Messieur de Arabet, Gautier Manning & Cie.= Y vista dicha letra por los expresados Señroes de Arabet, dixeron: Que dexaban de pagarla por falta de fondos del librador peró que con las salvedades que en derecho haya lugar para la reclamación de quien corresponda, y baxo las protestas que según las sean necesarias tanto de daños, gasto, perjuicios, e intereses, como de los cambios, y recambios que se les podrán seguir la pagaran como en efecto la pagaron por hacer honor a la firma del Señor J. Vassal otro de sus endozantes y por cuyo motivo el proprio Antonio Romeu en fuerza de su comisión confesando haber recibido su importe en dinero de contado y metalico a todas sus voluntades, y renunciando a la excepción de la cosa no ser así, leyes de la entrega, y demas de su favor no solo con el presente les firma la correspondiente carta de pago, si que también sin emperó garantia ninguna de su parte, ni de sus principales les cedió los derechos que para la reclamación de quien haya lugar les correspondia antes de serles la presente satisfecha. Requiriendo a mi el infro escrivano formase la presente publica escritura, y que de ella diese copia autentica. Y dicho requirente, conocido de mi el escrivano lo firma siendo presentes por testigos Don Jacinto Soler y José Marzola y Prat en esta ciudad residentes.
Antonio Romeu, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.