Saga Bacardí
09635
ESCRITURA DE PODERES HACIA SABATER, POR SARGELET, MAIGNON HERMANOS.


Sepase por esta publica escritura. Como los Señores Sargelet, Maignon Hermanos de este comercio. De su espontanea voluntad otorgan y dan todo su poder cumplido, libre, general, y bastante, qual de derecho se requiere, y es necesario a Don Rafael Sabater del comercio de Tarragona, ausente de este acto, paraque por dichos Señores, su persona, accion y derecho representando pueda pedir, percibir, y cobrar de qualesquiera personas, todas las sumas y cantidades de dinero, frutos, generos, efectos, vales, letras y demas debido, y que se les deberá sea por la causa que sea, y de lo que cobrare de recibos cartas de pago, y demas resguardos valederos, con cancelación de escrituras, así publicas, como privadas, y si para dichas cosas convimiere pueda parecer, y comparezca en juicio ante qualesquiera jueces, audiencias, curias, y tribunales, y allí intentar, proseguir, y terminar qualesquiera pleytos y causas, activas, y pasivas, principales y de apelación, movidas y movederas, sea por la causa que sea sin distincion de persona, siguiendo el curso de dichos pleytos, y causas con facultad expresa de jurar de calumnia, prestar cauciones juratorias, y de fiaduria, exponer clamos y reclamos, instar execuciones, sequestros, y embargos, cancelarlos, y consentir se levanten hacer requirimientos, respuestas, y protestas e instar sean levantados los testimonios que será menester, y practicar quanto para dichas causas y su curso, se requiera segtun estilo de los tribunales donde se siguieren, sin limitación alguna con facultad de substutiir este poder quando sea necesario, revocar los substitutos, y nombrar otros en su lugar. Y generalmente haga quanto dichos Señores haria siendo presentes, prometiendo estar a juicio, pagar lo juzgado, y sentenciado, y tener por firme, estable, y seguro quanto por dicho apoderado, y sus substitutos será obrado, y no revocarlo en tiempo alguno baxo obligación de los bienes de dichos Señores con las renuncias en derecho necesarias. En cuyo testimonio otorgan la presente escritura en esta ciudad de Barcelona a los siete dias de Junio de mil ochocientos diez y siete. Y dichos Señores otorgantes, conocidos del infro escrivano, lo firman siendo presentes por testigos Don Jacinto Soler y Francisco Huguet en esta ciudad residentes.
Sargelet & Maignon hermanos, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.