Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODER HACIA BONFILS EN MONTPELLIER, POR SARGELET, MAIGNON HERMANOS.


Ante mi el escrivano y testigos baxo nombrados comparecieron los Señores Sargelet, & Maignon hermanos, comerciantes residentes en esta ciudad de Barcelona, los quales de su espontanea voluntad han constituido y establecido por su procurador general, y especial la una calidad no derogando a la otra, a saber al Señor Juan Luis Bonfils comerciante de la villa de Monpeller ausente de este acto, al qual han dado poder y facultad de por ellos, y en su nombre reclamar, retirar, y cobrar del Señor Antonio Ferrer comerciante de Monpeller, a de quien su derecho represente qualesquiera cantidades de dinero, vales, efectos, mercaderias y otras cosas debidas, y que se deberán a los comparecientes por qualesquier4 titulo o causa que sea, y de lo recibido, dar cartas de pago y otros descargos valederos con subrogación de derecho. Y en caso de retardo, o de nebacion de pago de parte de los deudores o detentores, o que haya contextadciones, compelerles ante qualesquiera jueces, juces de paz, y tribunales competentes, escribir, pradjicir, elegir domicilio, pleitear, oponer, apfirmar en cada uno de los tribunales de todos daños, y gastos, constituir, y substituir en todo, o en parte las presentes, qualesquiera abogados, y hombres de leyes, tanto en causa, como por todo lo concerniente a lo arriba dicho, revocarlos, y nombrar otros, según el todo hasta sentencia, y jusgado difinitivo, y su execución, embargar, detener, y hacer pasar la venta todo lo que será embargado, y pertenecerá a los dichos comparecientes. Con la facultad de substituir las presentes en todo o en parte, revocar los substitutos y nombrar otros en su lugar, y generalmente hacer todo quanto los comparecientes harian presentes siendo. Prometiendo estar a juicio, pagar lo juzgado y sentenciado y haber por agradable todo quanto por el dicho constituido, y sus ssubstitutos será hecho, y practicado, sin contravenir a ello baxo pena de interés y obligación de todos los bienes de dichos comparecientes, y relevar el dicho constituido, y sus substitutos de todos cargos de poder, el presente valedero hasta revocación expresa, no obstante de ser hecho en algun tiempo. Así hecho y otorgado en esta ciudad de Barcelona a los diez y nueve Febrero de mil ochocientos veinte y uno. Y los dichos comparecientes, conocidos del infro escrivano, lo firmaron siendo testigos Jayme Pineda y Matheo Lugar recidentes en esta ciudad.
Sargelet & Maignon hermanos, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.