Saga Bacardí
09677
ESCRITURA DE PODER HACIA BONFILS, POR JOSÉ MAIGNON Y BONFILS, Escritura sin efecto.


Ante mi el escribano y testigos baxo nombraderos comparecieron D. Josef Maignon comerciante, de esta ciudad de Barcelona, el qual de su espontanea voluntad ha constituido y establecido por su procurador general y especial la una calidad no derogue a oa otra, saber el Señor Juan Luis Bonfils comerciante de la ciudad de Monpeller, ausente, a este acto, al qual ha dado poder y facultad por el y en su nombre, administrar, gobernar y ejercer todos los bienes del compareciente, así los adquiridos por el como los que provienen de la sucesión del difunto su tio Francisco Sargelet, natural de Gignac en Francia, y el dia de su muerte comerciante de esta ciudad de Barcelona, frutos, rentas, réditos, y qualesquiera bienes así muebles, como raíces, alquilar, arrendar, y a parcerias, frutos, conceder dichos bienes a qualquier persona, y con los pactos y condiciones que dicho constituido hallará a bien, pagar los derechos reales debidos y que se deberán y qualesquiera ellas cosas, a que sus bienes estén afectos, firmar y otrogar qualesquiera letras, y generalmente hacer todo lo correspondientes a la general administración.= A mas pueda reclamar, pedir, y cobrar de qualesquiera persona, sociedades, y de quien convenga, toda clase de dinero, créditos, rentas, pensiones, alquileres, arriendos y demás cosas debidas, y que serán debidas al compareciente por qualesquier titulo o motivo, que sea, y d elo cobrado, dar cartas de pago y demás resguardos valederos, con subrogación de derecho, y en caso de retardo o denegaciond e pago de parte de los deudores o deutor a que se aya conteplaciones, con juicio ante qualesquier jueces y tribunales de conciliación, como y también qualesquiera otros jueces, y tribunales competentes, escribir predecir, elegir, domicilio, pleitear, oponer afirmar en casa nombre con tribunales de todas y daños y costas, constituir y substituir en todo o en parte de las preferentes qualesquiera abogados y procuradores así en causa como por lo concertiente a lo arriba dicho, --- revocar y nombrar otros, seguir el todo hasta sentencia, y juzgado difinitivo, y su execucion, embargar, detener, desembargar y hacer pasar a la venta de todo lo embargado y pretenderá al competente las mismas con la facultad de substituir las presente en todo o en parte, revocar los substitutos y nombrar otros en su lugar, y generalmente hacer todo lo que el compareciente haría si estuviese presente. Prometiendo estar a juicio, pagar lo juzgado y sentenciado y haver por agradable quanto por dicho constituido y sus substitutos será hecho y practicado sin contravenir a ello baxo pena de interes, y obligación de todos los bienes de dicho compareciente, y relevar al dicho constituido y sus sub stututos de todos cargos de poder, el presente valedero hasta revocación expresa no obstante de ser hecho de algun tiempo. Así hecho y otorgado en esta ciudad de Barcelona a los veinte y ocho días del mes de Julio de mil ochocientos veinte y uno. Y dicho compareciente, conocido del infro escribano, lo firma, siendo testigos Jayme Pineda y Mateo Lugan en esta ciudad de Barcelona residentes.
No tuvo efecto, Antonio Ubach y Claris notario.